Formalizan la aprobación e incorporación de determinados perfiles de puestos en PROINVERSIÓN

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL

Nº 041-2021

Lima, 17 de marzo de 2021

VISTO, el Informe Nº 00005-2021/OA, el Informe Nº 00029-2021/OPP, el Memorándum Nº 00055-2021/OPP y el Informe Legal Nº 96-2021/OAJ;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 103-2013 se aprobó el Manual de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN y, modificatorias;

Que, en virtud de la reestructuración de PROINVERSIÓN, mediante el Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de junio de 2017, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN;

Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 154-2017 se aprobó el Clasificador de Cargos de PROINVERSIÓN y, modificatorias;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 296-2017-EF/10 se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional–CAP Provisional de PROINVERSIÓN, en donde se incluyeron 239 plazas; y, modificatorias;

Que, con Decreto Legislativo Nº 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil–SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado;

Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR-PE se aprobó la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos – MPP”, que tiene por finalidad que las entidades públicas cuenten con perfiles de puestos ajustados a las necesidades de los servicios que prestan y que les permitan gestionar los demás procesos del Sistema; lo cual contribuye a la mejora continua de la gestión de los recursos humanos en el Estado y al fortalecimiento del servicio civil;

Que, de acuerdo con el numeral i) del literal a), del artículo 20 de la antes citada Directiva, procede la elaboración de perfiles de puestos no contenidos en el Manual de Perfiles de Puestos–MPP, cuando las entidades públicas que no cuentan con resolución de inicio del proceso de implementación para el nuevo régimen pueden elaborar perfiles de puestos no contenidos en el Manual de Perfiles de Puestos – MPP, cuando requiera contratar servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos N° 276, 728 y 1057;

Que, el literal d), del artículo 21 de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH, señala que el titular de la entidad o la autoridad competente formaliza la incorporación de los perfiles de puestos al MOF y deja sin efecto la correspondiente descripción del cargo en el MOF;

Que, sobre el particular, el literal j) del artículo lV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, concordante con el literal m) del artículo 5 de la mencionada Directiva, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa. Sobre esta base, en el caso de PROINVERSIÓN, según el artículo 10 y el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización de Funciones de la entidad, la máxima autoridad administrativa es la Secretaría General;

Que, bajo ese contexto, la Oficina de Administración a través del Informe Nº 00005-2021/OA, sustenta la necesidad de incorporar los perfiles de puestos correspondiente a las plazas, conforme al procedimiento previsto en la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH:

Dirección de Servicios al Inversionista:

1. Plaza CAP-P N° 210/SP-ES; Profesional II – Especialista Legal II; y,

2. Plaza CAP-P N° 213/SP-ES; Profesional I, Analista en Inversiones I.

Dirección de Portafolio de Proyectos–Sub Dirección de Servicios a los Proyectos:

1. Plaza CAP-P N° 107/SP-EJ; Jefe de Unidad – Jefe de Unidad Técnica.

Que, por su parte, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 00029-2021/OPP y Memorándum Nº 00055-2021/OPP, emite opinión favorable respecto a la propuesta de incorporación de los perfiles de puestos señalados en el párrafo precedente;

Que, por tales consideraciones, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº 96-2021/OAJ considera procedente emitir el acto que formalice la aprobación e incorporación de los perfiles de puestos señalados en el considerando respectivo;

Con el visado de las Oficinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto; y de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 y el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF; y la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos – MPP”, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR-PE.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar la aprobación e incorporación de los perfiles de puestos correspondientes a las plazas, conforme a los anexos que forman parte de la presente resolución:

Dirección de Servicios al Inversionista:

1. Plaza CAP-P N° 210/SP-ES; Profesional II – Especialista Legal II; y,

2. Plaza CAP-P N° 213/SP-ES; Profesional I, Analista en Inversiones I.

Dirección de Portafolio de Proyectos–Sub Dirección de Servicios a los Proyectos:

1. Plaza CAP-P N° 107/SP-EJ; Jefe de Unidad – Jefe de Unidad Técnica.

Artículo 2.- Dejar sin efecto el perfil de puesto correspondiente al CAP-P N° 213/SP-ES, aprobado por Resolución de la Secretaría General N° 122-2020.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de PROINVERSIÓN (www.proinversión.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ESTUARDO ALBÁN RAMÍREZ

Secretario General (e)

PROINVERSIÓN

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