Modifican el artículo 1 de la R.M. Nº 193-2012-EF/15, que establece lista de insumos directamente vinculados en los procesos productivos de la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. (EGASA) para los fines previstos en la Ley Nº 30225 y en su Reglamento

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 110-2021-EF/54

Lima, 23 de marzo del 2021

CONSIDERANDO:

Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que los insumos directamente utilizados en los procesos productivos por las empresas del Estado que se dediquen a la producción de bienes o prestación de servicios, pueden ser contratados a proveedores nacionales o internacionales mediante el método de contratación que especifique el Reglamento, a precios de mercado, siempre que se verifique una situación de escasez acreditada por el Titular de la Entidad; la cual, no se requiere en el caso de empresas que por la naturaleza de su actividad requieran un suministro periódico o continuo, incluyendo la entrega en un solo acto de los insumos, bienes o servicios;

Que, asimismo, la referida Disposición Complementaria Final establece que la lista de los insumos directamente vinculados en los procesos productivos, que corresponden a cada empresa, es establecida mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, de acuerdo con la Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, los insumos directamente utilizados en los procesos productivos por las empresas del Estado que se dediquen a la producción de bienes o prestación de servicios, pueden ser contratados aplicando el procedimiento de selección de Adjudicación Simplificada;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 193-2012-EF/15, modificada por la Resolución Ministerial Nº 330-2014-EF/15 y la Resolución Ministerial Nº 140-2016-EF/15, se estableció la lista de los insumos directamente vinculados en los procesos productivos de la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. - EGASA;

Que, la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. (EGASA), mediante el Oficio Nº GG.-0328/2019-EGASA, complementado con los Oficios Nº GG.-0350/2020-EGASA y Nº GG.-0394/2019-EGASA, solicita al Ministerio de Economía y Finanzas que establezca la lista de los insumos directamente vinculados con sus actuales procesos productivos;

Que, en ese sentido, resulta necesario atender la solicitud formulada por la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. (EGASA), a través de la modificación de la Resolución Ministerial Nº 193-2012-EF/15;

De conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; y, en la Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Objeto

Modifícase el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 193-2012-EF/15, modificada mediante Resolución Ministerial Nº 330-2014-EF/15 y Resolución Ministerial Nº 140-2016-EF/15, el cual queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1.- Establecer que la lista de insumos directamente vinculados en los procesos productivos de la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. (EGASA) para los fines previstos en la Sexta Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y en la Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, es la siguiente:

- Petróleo Diésel B5 S50.

- Aceites Lubricantes para Motores Diésel.

- Aceites Lubricantes para Turbinas Hidráulicas.

- Aceites Lubricantes para Turbogas”.

Artículo 2. Remisión de Resolución Ministerial

Disponer la remisión de la presente Resolución Ministerial al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), a la Contraloría General de la República (CGR) y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Artículo 3. Publicación

La presente Resolución Ministerial se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDO MENDOZA BELLIDO

Ministro de Economía y Finanzas

1937605-1