Aprueban el “Procedimiento para la implementación de Proyectos de Ampliación de Frontera Energética para el Mejoramiento Térmico mediante la provisión de Equipamiento de Calefacción Energéticamente Eficiente en Zonas Rurales a ejecutarse con recursos del FISE”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 003-2021-MINEM/VMH

Lima, 17 de marzo de 2021

VISTOS:

El Informe Técnico Legal Nº 161-2020/MINEM-DGH-FISE elaborado por la Dirección General de Hidrocarburos; y el Informe Legal Nº 168-2021-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, Ley Nº 29852, (en adelante, Ley Nº 29852) crea el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, FISE) como un sistema de compensación energética, que permite brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía;

Que, el numeral 5.2 del artículo 5, de la Ley Nº 29852, señala que el FISE se destina, entre otros fines, a la compensación para el desarrollo de nuevos suministros en la frontera energética, como células fotovoltaicas, paneles solares, biodigestores, entre otros, focalizándose en las poblaciones más vulnerables;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 29852 establece que el Ministerio de Energía y Minas - MINEM es el encargado de administrar el FISE, para lo cual queda facultado para la aprobación de los procedimientos necesarios para la correcta administración del Fondo;

Que, conforme lo señalado en la Disposición Única Transitoria de la Ley Nº 29852, y sus modificatorias, establece que, a partir del 01 de febrero de 2020, el MINEM es el encargado de ejercer las funciones de Administrador del FISE;

Que, el literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 231-2020-MINEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de agosto de 2020, establece como una atribución del Viceministro de Hidrocarburos el aprobar procedimientos, directivas, manuales, instrumentos de gestión y/o documentos normativos necesarios para la adecuada aplicación, implementación y administración del FISE, mediante Resolución Viceministerial;

Que, el numeral 1.33 del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM (en adelante, Reglamento de la Ley Nº 29852), define como Nuevos Suministros, para efectos del numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley Nº 29852, aquellos suministros que se requieren para la provisión de energía a través de células fotovoltaicas, paneles solares, biodigestores, entre otros; así como también la instalación de equipos de iluminación y calefacción energéticamente eficientes;

Que, el acápite i) del numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento de la Ley Nº 29852, establece que el FISE podrá destinar fondos para el desarrollo de nuevos suministros en frontera energética a que se refiere el artículo 5.2 de la Ley FISE. Asimismo, el acápite iv) del mencionado numeral señala que el Administrador transferirá los recursos que le sean solicitados para este fin, conforme al Programa Anual de Promociones aprobado por el MINEM;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 007-2020-MINEM/DM, el MINEM aprobó el Programa Anual de Promociones 2020, modificado por la Resolución Ministerial Nº 273-2020-MINEM/DM, estableciendo como uno de los proyectos a financiarse con recursos del FISE al “Proyecto de Ampliación de Frontera Energética para el Mejoramiento Térmico mediante la provisión de calefactor solar en la zona rural del sur del país – Etapa I”;

Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 161-2020/MINEM-DGH-FISE, el Director General de Hidrocarburos sustenta la necesidad de aprobar el Procedimiento para la implementación de Proyectos de Ampliación de Frontera Energética para el Mejoramiento Término mediante la provisión de Equipamiento de Calefacción Energéticamente Eficiente en Zonas Rurales a ejecutarse con recursos del FISE; que incluye, el proceso de identificación de los beneficiarios, actividades de sensibilización, instalación de la infraestructura de calefacción, supervisión del proyecto y proceso de transferencias de recursos; en el marco del Programa Anual de Promociones que apruebe el Ministerio de Energía y Minas;

Que, el numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS, señala que se exceptúa de la publicación del proyecto normativo para comentarios, cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas considere que la publicación del proyecto de norma es impracticable, innecesaria o contraría a la seguridad o al interés público;

Que, el Procedimiento permitirá implementar el “Proyecto de Ampliación de Frontera Energética para el Mejoramiento Térmico mediante la provisión de calefactor solar en la zona rural del sur del país – Etapa I” que tiene como plazo de ejecución el presente año; asimismo, este proyecto y otros similares que se incluyan en el Programa Anual de Promociones permitirán beneficiar a las poblaciones vulnerables del sur del país que sufren de heladas y friaje; por lo que, su pre publicación es innecesaria por el corto plazo de ejecución del Proyecto vigente y de la necesidad urgente de implementar más proyecto similares;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, el Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, la Resolución Ministerial Nº 231-2020-MINEM/DM, y el Reglamento de Organización y Funciones del MINEM, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Procedimiento para la implementación de Proyectos de Ampliación de Frontera Energética para el Mejoramiento Térmico mediante la provisión de Equipamiento de Calefacción Energéticamente Eficiente en Zonas Rurales a ejecutarse con recursos del FISE”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial y de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo de día de la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial El Peruano

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR MURILLO HUAMAN

Viceministro de Hidrocarburos

1936845-1