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COMUNICADO N° 002-2021-OSCE

Uso obligatorio de formularios electrónicos para la elaboración

de Bases de licitación pública para la ejecución de obras

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) pone en conocimiento de las entidades que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y de los proveedores del Estado, lo siguiente:

1. Mediante Resolución Nº 045-2021-OSCE/PRE se ha formalizado la modificación de la Directiva N° 010-2020-OSCE/CD que regula las “Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar Electrónicas para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225”.

2. De acuerdo con el numeral IX de la referida Directiva, el OSCE publica y difunde mediante comunicado la relación de entidades obligadas a usar las Bases Estándar Electrónicas, así como la fecha desde la cual rige tal obligación.

3. En ese sentido, el OSCE informa que, a partir del 5 de abril del 2021, las entidades indicadas en el listado que está disponible en el siguiente enlace del portal web del OSCE: http://bit.ly/38YcTVM deben utilizar los formularios electrónicos implementados en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) para elaborar las bases de las licitaciones públicas para la ejecución de obras que se convoquen a partir de tal fecha.

Para cualquier consulta, comunicarse a los teléfonos (01) 613 5555 y/o (01) 614 3636; o al correo electrónico: consultas@osce.gob.pe

Jesús María, 19 de marzo de 2021

DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO

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