Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000064-2021-DM/MC
San Borja, 17 de marzo del 2021
VISTOS; el Proveído Nº 001426-2021-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000122-2021-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000001-2021-DDC PAS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco; el Informe Nº 000281-2021-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;
Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 81 del ROF, establece que la Dirección del Libro y la Lectura es la unidad orgánica encargada de elaborar, proponer, promover y ejecutar planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; además, de acuerdo a su numeral 81.3 de la norma citada, le corresponde emitir opinión técnica sobre las materias de su competencia que le sean requeridos o consultados;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;
Que, por Carta Nº 084-2020-ALC/MDY-PASCO, la Municipalidad Distrital de Yanacancha, propuso se otorgue el reconocimiento como personalidad meritoria de la cultura al literato pasqueño Mario César Pérez Arauco;
Que, a través del Informe Nº 000001-2021-DDC PAS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco, estando a lo señalado por el Informe Nº 000039-2020-DDC PAS-VCP/MC de su Oficina de Industrias Culturales, informa que el señor Mario César Pérez Arauco, destacado y reconocido escritor pasqueño, a lo largo de su trayectoria como escritor ha contribuido y sigue contribuyendo a la cultura literaria; asimismo, como dirigente estudiantil, político, funcionario público, docente universitario siempre aporto a la cultura pasqueña, demostrando mucho ahínco en el espacio literario y de enseñanza; razón por la cual recomienda, se le otorgue la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura;
Que, mediante el Informe Nº 000058-2021-DLL/MC, la Dirección del Libro y la Lectura, recomienda reconocer al señor Mario César Pérez Arauco como Personalidad Meritoria de la Cultura, en reconocimiento a su destacada trayectoria como escritor y su gran aporte a la cultura cerreña;
Que, por el Informe Nº 000122-2021-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, concluye que corresponde otorgarle el reconocimiento de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor Mario César Pérez Arauco por su amplia trayectoria intelectual y creadora en aporte de la nación, trayectoria que ha sido reconocida por distintas instituciones, así como por las obras en beneficio de la comunidad de Cerro de Pasco;
Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor Mario César Pérez Arauco;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor Mario César Pérez Arauco en reconocimiento a su amplia trayectoria intelectual y creadora en aporte de la nación, así como por las obras en beneficio de la comunidad de Cerro de Pasco.
Artículo 2. Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ
Ministro de Cultura
1936198-1