Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 615-MSS, que incentiva la regularización y pago de las deudas generadas por fiscalización tributaria o por la presentación de declaración jurada voluntaria y dictan diversas disposiciones

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 05-2021-MSS

Santiago de Surco, 15 de marzo de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE

SANTIAGO DE SURCO

VISTO: El Memorándum Nº 820-2021-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 208-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 97-2021-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 83-2021-SGRCT-GAT-MSS de la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria; sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 615-MSS; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 615-MSS, Ordenanza que incentiva la regularización y pago de las deudas generadas por fiscalización tributaria o por la presentación de declaración jurada voluntaria, se dispuso “(...) incentivar la declaración voluntaria de inscripción y/o rectificación de predios dentro del procedimiento de Fiscalización Tributaria y el pago de la deuda tributaria que estas generen, a través del otorgamiento de beneficios extraordinarios que faciliten la regularización de su situación tributaria”, con una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020; asimismo, en la Cuarta Disposición Final de la citada Ordenanza se facultó al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte y/o prorrogue las disposiciones complementaras para la difusión y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza;

Que, en el Artículo Primero del Decreto de Alcaldía Nº 18-2020-MSS, publicado el 28.12.2020 en el diario oficial El Peruano, se dispuso la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 615-MSS, hasta el 31 de marzo de 2021; asimismo en el Artículo Segundo de dicha norma se dispuso la prorroga la vigencia para la presentación de la solicitud de parte señalada en el literal b) del Artículo Tercero de la referida Ordenanza, hasta el 16 de marzo de 2021;

Que, la Subgerencia de Registro y Control Tributario mediante el Informe Nº 83-2021-SGRCT-GAT-MSS del 11.03.2021, propuso ampliar el plazo de vigencia de los beneficios tributarios otorgados mediante la Ordenanza Nº 615-MSS, hasta el 31.12.2021, y la vigencia del literal b) del Artículo Tercero de la referida Ordenanza, en relación a la presentación de la solicitud de parte hasta el 16.12.2021, debido a que bajo la coyuntura actual del país ocasionada a consecuencia del COVID-19, se hace necesario y oportuno otorgar facilidades de pago a los contribuyentes del distrito de Santiago de Surco para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; y a su vez, parte también de los mismos administrados que expresan y solicitan la ampliación de los beneficios de la mencionada ordenanza a fin de que puedan acceder a cumplir con sus obligaciones tributarias sustanciales sin que éstas se vean afectadas con el factor de reajuste, intereses y multas;

Que, la Gerencia de Administración Tributaria mediante el Memorándum Nº 97-2021-GAT-MSS del 12.03.2021, remite el proyecto de Decreto de Alcaldía elaborado por la mencionada Subgerencia, señalando que esta se sustenta en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Nº 615-MSS, por lo que, dada la actual coyuntura económica y sanitaria que vive el país, y por los resultados generados por la mencionada Ordenanza, propone ampliar los beneficios de la referida ordenanza hasta el 31.12.2021;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 208-2021-GAJ-MSS del 15.03.2021, concluye que legalmente es viable que se emita el Decreto de Alcaldía que prorrogue los alcances de la Ordenanza Nº 615-MSS, anteriormente señalados; asimismo, dicho órgano considera que el referido proyecto normativo se encuentra exceptuado de pre publicación, conforme al numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS;

Que, la Gerencia Municipal mediante el Memorándum Nº 820-2021-GM-MSS del 15.03.2021, manifiesta su conformidad con la emisión del Decreto de Alcaldía que prorroga los beneficios de la Ordenanza Nº 615-MSS, la cual se fundamenta en los documentos anteriormente señalados y solicita proseguir con los trámites pertinentes para su aprobación;

Estando a lo expuesto y al Informe Nº 208-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y demás documentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y los artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia de la Ordenanza Nº 615-MSS, Ordenanza que incentiva la regularización y pago de las deudas generadas por fiscalización tributaria o por la presentación de declaración jurada voluntaria.

Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 16 de diciembre de 2021 la vigencia para la presentación de la solicitud de parte señalada en el literal b) del Artículo Tercero de la referida Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 252-2013-PCM.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración Tributaria y a la Subgerencia de Registro y Control Tributario, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances.

Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO

Alcalde

1935529-1