Aprueban 4 Fichas de Homologación de “Productos de Cerámica Artesanal Utilitaria” (menaje)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 034-2021-MINCETUR

Lima, 8 de marzo de 2021

Visto, el Oficio N° 000134-2021-PERÚ COMPRAS-PERÚ COMPRAS de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; el Informe N° 0014-2021-MINCETUR/VMT/DGA/DDA-DOS, el Memorándum N° 129-2021-MINCETUR/VMT/DGA de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; y, el Memorándum N° 215-2021-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración; y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior y de turismo;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante, TUO de la Ley, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS (en adelante, PERÚ COMPRAS). Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias, en adelante, Reglamento, prescribe que mediante la homologación los ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS;

Que, asimismo, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento establece que la aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS; dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”. La Facultad del Titular a que se refiere este numeral es indelegable;

Que, el numeral 7.5 de la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS, denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS, en adelante la Directiva, establece que la ficha de homologación es el documento estándar mediante el cual los ministerios uniformizan sus requerimientos, estableciendo las características técnicas especificadas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, dentro del ámbito de sus competencias;

Que, en el sub numeral 8.13.1 de la Directiva, referido a la aprobación de la Ficha de Homologación se señala que contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante Resolución Ministerial, la cual será publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, asimismo, en el sub numeral 8.13.2 de la Directiva en mención, refiere que el Ministerio deberá remitir a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS la Resolución de aprobación y la Ficha de Homologación aprobada, el mismo día de publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal institucional de PERÚ COMPRAS;

Que, mediante documento del Visto, PERÚ COMPRAS comunica la opinión favorable respecto a la viabilidad de la aprobación de las cuatro (4) Fichas de Homologación de “Productos de Cerámica Artesanal Utilitaria” (menaje), para continuar con el trámite correspondiente, en el marco de la Directiva;

Que, conforme a los documentos del Visto, la Dirección de Desarrollo Artesanal de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo y la Oficina General de Administración del MINCETUR sustentan y emiten opinión favorable para la aprobación de las citadas fichas de homologación mediante Resolución Ministerial;

Que, contando con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS mediante documento del Visto, corresponde emitir la Resolución Ministerial mediante el cual se aprueben las cuatro (4) Fichas de Homologación de “Productos de Cerámica Artesanal Utilitaria” (menaje), la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y remitida a PERÚ COMPRAS el mismo día de su publicación;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; y la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Fichas de Homologación

Aprobar cuatro (4) Fichas de Homologación de “Productos de Cerámica Artesanal Utilitaria” (menaje), las mismas que, como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Remisión de Resolución aprobatoria y Fichas de Homologación

Disponer que la Secretaría General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo remita a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, la presente Resolución Ministerial y las Fichas de Homologación de “Productos de Cerámica Artesanal Utilitaria” (menaje), aprobadas en el artículo 1 que antecede, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicadas en el portal institucional de dicha Entidad.

Artículo 3.- Publicación

Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA CORNEJO MOHME

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

1933126-1