Designan el Comité Electoral, quien actuará como veedor en el proceso electoral para la realización de las elecciones de Consejos Directivos de Juntas Vecinales en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 004-2021-MDCLR
Carmen de la Legua Reynoso, 26 de febrero del 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO;
VISTO:
El Informe N° 015-2021-SGPC-GSH/MDCLR de fecha 17 de febrero del 2021, Informe N° 006-2021-GDH/MDCLR de fecha 17 de febrero del 2021 e Informe N° 061-2021-GAJ/MDCLR de fecha 22 de febrero del 2021, emitido por la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Humano y Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, sobre “DESIGNACION DE COMITÉ ELECTORAL PARA LA REALIZACION DE LAS ELECCIONES DE CONSEJOS DIRECTIVOS DE JUNTAS VECINALES”; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos;
Que, el artículo 111° y 112° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que: Los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la constitución y la respectiva ley de la materia (…) Los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 001-2021-MDCLR, se crea y reglamenta la organización y funciones de Juntas Vecinales del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso. Asimismo, el Art 23 del citado Reglamento, prescribe que; (…) el Comité electoral estará conformado por un presidente, secretario y vocal, quienes serán designados mediante Decreto de Alcaldía.
Que, el Art, 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, prescribe que (…) Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.
Que, con Informe N° 015-2021-SGPC-GSH/MDCLR la Sub Gerencia de Participación Ciudadana solicita se emita el Decreto de Alcaldía que designe a los miembros del comité electoral, en atención al Art 23 del Reglamento de la Juntas Vecinales, aprobado mediante Ordenanza N° 001-2021-MDCLR, el mismo que fue ratificado por la Gerencia de Desarrollo Humano a través del Informe N° 006-2021-GDH/MDCLR. Asimismo, con Informe N° 061-2021-GAJ/MDCLR la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la emisión del citado decreto.
Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se;
DECRETA:
Artículo Primero: DESIGNAR al COMITE ELECTORAL, quien actuará como veedor en el proceso electoral para la realización de las elecciones de Consejos Directivos de Juntas Vecinales en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso, que estará conformado por;
PRESIDENTE: Sub Gerente de Participación Ciudadana
SECRETARIO: Sub Gerente de Bienestar Social
VOCAL: Gerente de Asesoría Jurídica
Artículo Segundo: FACULTAR al Comité Electoral a disponer las medidas necesarias para el adecuado desarrollo del Proceso de Electoral en la actual situación de la Pandemia a consecuencia de COVID -19.
Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano, Sub Gerencia de Participación Ciudadana el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto: DISPONER a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación y difusión del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital Carmen de la Legua Reynoso www.municarmendelalegua.gob.pe., y encargar a la Secretaría General publicar el presente decreto de Alcaldía en el Diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS ALFREDO COX PALOMINO
Alcalde
1931959-3