Disponen prorrogar el plazo para la recepción de comentarios y sugerencias respecto del proyecto normativo “Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base”

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 046-2021-OS/CD

Lima, 2 de marzo de 2021

VISTO:

El Memorándum N° GPAE-45-2021 de fecha 26 de febrero de 2021, mediante el cual se informa el pedido de ampliación de plazo para presentar comentarios al proyecto normativo “Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base”.

CONSIDERANDO:

Que, el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, y el artículo 3 de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, establecen que la función normativa de Osinergmin, comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, las normas que regulen los procedimientos administrativos vinculados, entre otros a su función sancionadora;

Que, bajo dicho marco normativo, el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, establece como función del Consejo Directivo el ejercer la función normativa de Osinergmin, de manera exclusiva, a través de resoluciones;

Que, por su parte el literal d) del numeral 3.1 del artículo de la misma Ley N° 27332, establece que Osinergmin está facultado a realizar las acciones conducentes para imponer sanciones a los agentes por el incumplimiento de obligaciones establecidas en la normativa sectorial bajo su ámbito de competencia, así como por el incumplimiento de disposiciones emitidas por el organismo regulador;

Que, en tal sentido se emitió la Resolución de Consejo Directivo N° 208-2020-OS/CD (publicada el 18 de diciembre de 2020), que aprobó el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas y Mineras de Osinergmin (en adelante, el RFS), que tiene por objeto establecer las disposiciones aplicables para el ejercicio de las funciones fiscalizadora y sancionadora de Osinergmin;

Que, el artículo 26 del RFS establece que el Consejo Directivo de Osinergmin aprueba la Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base, la cual considera los siguientes criterios de graduación: gravedad del daño al interés público o bien jurídico protegido, perjuicio económico causado, beneficio ilegalmente obtenido, capacidad económica del agente o su grupo económico, y probabilidad de detección; y otros que resulten de aplicación.;

Que, la referida Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base tiene por objeto establecer la metodología que corresponde aplicar para el cálculo de la Multa Base, considerando los criterios recogidos dentro del principio de razonabilidad en el artículo 248 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, a fin de brindar predictibilidad a los agentes fiscalizados en la determinación de este tipo de sanciones;

Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2021-OS/CD, publicada el 19 de febrero de 2021, se aprobó la publicación para comentarios de la “Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base” y su Exposición de Motivos;

Que, el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2021-OS/CD estableció un plazo de quince (15) días calendario siguientes a su publicación, a fin de que los interesados remitan sus comentarios o sugerencias al proyecto normativo, el mismo que vence el 6 de marzo de 2021;

Que, con fechas 26 de febrero y 2 de marzo se ha recibido las comunicaciones de las empresas Enel Distribución y Luz del Sur, respectivamente, mediante las cuales solicitan que se extienda el plazo otorgado en la Resolución N° 027-2021-OS/CD, con la finalidad de que puedan realizar una mejor evaluación de la propuesta normativa y formular apropiadamente sus comentarios;

Que, teniendo en consideración las solicitudes recibidas, a fin de poder recibir la mayor cantidad de opiniones, comentarios y sugerencias de todos los interesados, que permitan enriquecer y mejorar el contenido del proyecto normativo, se considera conveniente, de forma excepcional, extender el plazo inicialmente previsto en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2021-OS/CD, ampliándolo en quince (15) días calendario adicionales, hasta el 21 de marzo de 2021;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 y el literal b) del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 07-2021.

SE RESUELVE:

Artículo 1. – Prórroga

Prorrogar el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2021/OS-CD hasta el 21 de marzo de 2021, para la recepción de comentarios y sugerencias de todos los interesados al proyecto normativo “Guía Metodológica para el Cálculo de la Multa Base”, publicado el 19 de febrero de 2021.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin.

Jaime Mendoza Gacon

Presidente del Consejo Directivo

Osinergmin

1931915-1