Aprueban el “Procedimiento para las Contrataciones de Bienes y Servicios necesarios para la Administración del FISE”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 001-2021-MINEM-VMH

Lima, 3 de marzo de 2021

VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 192-2020/MINEM-DGH-FISE, de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe Nº 130-2021-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, Ley Nº 29852 (en adelante, Ley FISE) crea el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, FISE) como un sistema de compensación energética, que permite brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 29852, el MINEM, en su condición de Administrador del FISE, está facultado para la aprobación de los procedimientos necesarios para la correcta administración del Fondo;

Que, según lo señalado en la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 29852, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, los recursos del FISE no constituyen fondos públicos, y de acuerdo con el artículo 6 de la referida Ley, el FISE tiene carácter intangible y sus recursos se destinan única y exclusivamente a sus fines;

Que, en mérito al artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 022-2020-MINEM/DM, mediante Resolución Secretarial Nº 013-2020-MINEM/SG se aprueba la Directiva Nº 003-2020-MINEM/SG “Directiva para las Contrataciones de la Administración del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE)”; cuyo objetivo es establecer disposiciones para la atención de requerimientos, autorización, otorgamiento y pago de bienes y servicios de los procesos de contratación que requiere realizar el FISE, para su debido funcionamiento;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 231-2020-MINEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de agosto de 2020, se delegó en el(la) Viceministro(a) de Hidrocarburos del MINEM, el ejercicio de las facultades y atribuciones que la Ley del FISE, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM y modificatorias, normas reglamentarias y demás Directivas emitidas para la administración del FISE, o normas que la sustituyan, asignan al Administrador del FISE; asimismo, se derogó la Resolución Ministerial Nº 022-2020-MINEM/DM;

Que, entre las funciones del/de la Viceministro(a) de Hidrocarburos del MINEM previstas en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 231-2020-MINEM/DM, se encuentra la facultad de aprobar procedimientos, directivas, manuales, instrumentos de gestión y/o documentos normativos necesarios para la adecuada aplicación, implementación y administración del FISE, mediante Resolución Viceministerial;

Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 192-2020/MINEM-DGH-FISE se sustenta la necesidad de aprobar el “Procedimiento para las Contrataciones de bienes y servicios necesarios para la Administración del FISE” que actualiza la Directiva Nº 003-2020-MINEM/SG “Directiva para las Contrataciones de la Administración del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE)”, aprobada por Resolución Secretarial Nº 013-2020-MINEM/SG, a fin de: (i) incluir la delegación de facultades señaladas en la Resolución Ministerial Nº 231-2020-MINEM/DM; (ii) contar con disposiciones propias para sus contrataciones, considerando que el FISE no constituye fondo público; y (iii) que el FISE cuente con el registro de sus propios activos, pasivos, ingresos y gastos, separados e independientes del MINEM;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético; el Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM; la Resolución Ministerial Nº 231-2020-MINEM/DM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del MINEM, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Procedimiento para las Contrataciones de Bienes y Servicios necesarios para la Administración del FISE”, que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 003-2020-MINEM/SG - “Directiva para las Contrataciones de la Administración del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE)”, aprobada por Resolución Secretarial Nº 013-2020-MINEM/SG.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VÍCTOR MURILLO HUAMAN

Viceministro de Hidrocarburos

1931755-1