LEY Nº 31127

LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL EL AFIANZAMIENTO DEL SISTEMA HIDRÁULICO TINAJONES, EN EL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE

Artículo único. Declaración de necesidad pública y preferente interés nacional

Declárase de necesidad pública y de preferente interés nacional el afianzamiento del sistema hidráulico Tinajones, en el departamento de Lambayeque.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

FINAL

ÚNICA. Acciones de coordinación

Encárgase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales competentes adopten las medidas y acciones necesarias para priorizar la ejecución del afianzamiento del sistema hidráulico Tinajones - Lambayeque.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, al primer día del mes de febrero de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidenta a. i. del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente del

Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, al primer día del mes de marzo de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidenta a. i. del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente del

Congreso de la República

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