Amplían procedimientos administrativos de la Mesa de Partes Virtual de la MDSMP ubicada en el Portal Institucional Web de la Municipalidad y dictan diversas disposiciones

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2021-MDSMP

San Martín de Porres, 12 de febrero del año 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN MARTÍN DE PORRES

VISTO:

El Informe Nº 025-2021-GDE/MDSMP, de la Gerencia de Desarrollo Económico, Informe Nº 065-2021-SGPEEC-GDE/MDSMP, de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Comercialización, Informe N° 031-2021-SGDTIyE-GPP/MDSMP de la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, Informe N° 121-2021-GAJ-MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 598-2021-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el Artículo II, Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42° del acotado cuerpo legal, establece que los Decretos de Alcaldía establecen normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2020-SA se prorroga a partir del 7 de diciembre de 2020 por un plazo de noventa (90) días calendario, la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA y Nº 027-2020-SA, al evidenciarse la persistencia del supuesto que ha configurado la emergencia sanitaria por la pandemia de la COVID-19;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19, modificado por los Decretos Supremos Nº; 201-2020-PCM; N° 002-2021-PCM, ; N° 004-2021-PCM y; N° 008-2021-PCM que prorrogan el Estado de Emergencia Nacional hasta el 28 de febrero de 2021, deroga los Decretos Supremos N° 044-2020-PCM, N° 094-2020-PCM y N° 116-2020-PCM, y sus respectivas modificatorias, sin embargo, las disposiciones normativas relacionadas a los decretos supremos derogados por la única disposición complementaria derogatoria del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, mantienen su vigencia, en lo que corresponda, sustituyéndose la referencia a dichas disposiciones por el citado Decreto Supremo;

Que en ese sentido, “las Entidades del Sector Púbico de cualquier nivel de gobierno continuarán con el desarrollo de sus actividades manera gradual, para lo cual adoptarán las medidas pertinentes para el desarrollo de las mismas y la atención a la ciudadanía, salvaguardando las restricciones sanitarias y el distanciamiento social, priorizando en todo lo que sea posible el trabajo remoto, implementando o habilitando la virtualización de trámites, servicios u otros”; conforme se aprecia de las disposiciones contenidas en el Decreto de Alcaldía N° 007-2020-MDSMP de fecha 10 de Junio del año 2020, Decreto de Alcaldía N° 009-2020-MDSMP de fecha 14 de Julio del año 2020, Decreto de Alcaldía N° 011-2020-MDSMP de fecha 23 de Octubre del año 2020 y Decreto de Alcaldía N° 002-2021-MDSMP de fecha 20 de Enero del año 2021, implementando la Mesa de Partes Virtual ubicada en el Portal Institucional Web de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, estableciendo, si fuera el caso, variación o ampliación de horarios de atención de la entidad; concordante con lo dispuesto en el artículo 30° del TUO de la Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General, Aprobado por D.S. 004-2019-JUS, regula el procedimiento administrativo electrónico, el numeral 30.1 dispone que, sin perjuicio del uso de medios físicos tradicionales el Procedimiento Administrativo podrá realizarse total o parcialmente a través de tecnologías medios electrónicos, debiendo constar en un expediente escrito electrónico que contenga los documentos presentados por los administrados, por terceros y por otras Entidades, así como aquellos documentos remitidos al administrado, por su parte el numeral 30.2 precisa que, el procedimiento administrativo electrónico deberá respetar todos los principios, derechos y garantías del debido procedimiento previsto en la presente Ley, sin que se afecte el derecho de defensa, ni la igualdad de las partes, debiendo prever las medidas pertinentes cuando el administrado no tenga acceso a medios electrónicos, en tanto el numeral 30.3 reconoce que los actos administrativos realizados a través del medio electrónico poseen la misma validez y eficacia jurídica que aquellos actos realizados por medios físicos. Las firmas digitales y documentos generados y procesados a través de tecnologías y medios electrónicos siguiendo los procedimientos definidos por la autoridad administrativa, tendrán la misma validez legal que los documentos manuscritos;

Que, mediante Informe N° 031-2021-SGDTIyE-GPP/MDSMP, la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística evalúa la propuesta de inclusión de tres (03) procedimientos adicionales para nuestra Mesa de Partes Virtual, solicitada por la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Comercialización a través del Informe N° 065-2021-SGPEC-GDE/MDSMP, en atención a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, respecto a la implementación de forma gradual de la Plataforma de Mesa Virtual MDSMP a fin de ampliar la atención a los siguientes procedimientos administrativos: Transferencia de Licencia de Funcionamiento, Autorización para instalación o ubicación de anuncios y/o avisos - paneles monumentales y Autorización para la instalación o ubicación de avisos y/o elementos de publicidad exterior temporal (afiches, carteles, banderolas, gigantografías y pasacalles);

Que, mediante Informe N° 121-2021-GAJ-MDSMP la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la implementación de los procedimientos administrativos de la Mesa de Partes Virtual de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en atención al Informe N° 065-2021- SGPEC-GDE/MDSMP de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Comercialización e Informe N° 031-2021-SGDTIyE-GPP/MDSMP de la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística;

Estando las consideraciones expuestas y en mérito a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, aprobado con Ordenanza N° 502-MDSMP;

SE DECRETA;

Artículo Primero.- AMPLIAR los Procedimientos Administrativos de la Mesa de Partes Virtual de la MDSMP, ubicada en el Portal Institucional Web de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, creado mediante Decreto de Alcaldía N° 007-2020-MDSMP y ampliado con Decreto de Alcaldía N° 009-2020-MDSMP, Decreto de Alcaldía N° 011-2020-MDSMP y Decreto de Alcaldía N° 002-2021-MDSMP; estableciendo un plazo de hasta (05) cinco días calendario para su implementación contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Segundo.- APROBAR el listado adicional de procedimientos administrativos, consignados en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, para ser atendidos a través de la Mesa de Partes Virtual de la MDSMP, pudiendo modificarse la referida lista, de acuerdo a las necesidades técnicas operativas de la Entidad.

Artículo Tercero.- ESTABLECER que la presentación de requisitos de los procedimientos administrativos y servicios a los que se hace referencia en el artículo segundo del presente Decreto, se realice a través de la Mesa de Partes Virtual de la MDSMP, así como los documentos de subsanación de las observaciones que pudieran generarse en la tramitación de los mismos, de manera temporal y durante el plazo que dure la Emergencia Sanitaria.

Artículo Cuarto.- DISPONER el reinicio de los plazos de los procedimientos suspendidos de acuerdo a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020 y el artículo 28º del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, así como por las prórrogas de ambos decretos, en virtud de lo prescrito en el numeral 12.2 del artículo 12º del Decreto de Urgencia Nº 053-2020.

Artículo Quinto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, efectúe las acciones de implementación destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero del presente Decreto.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Archivo Central y demás unidades orgánicas encargadas, el cumplimiento de la presente norma.

Artículo Séptimo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”; asimismo a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación en la página web de la municipalidad: www.mdsmp.gob.pe.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JULIO ABRAHAM CHÁVEZ CHIONG

Alcalde

Anexo I

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.

- SUB GERENCIA DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y COMERCIALIZACIÓN

• Transferencia de Licencia de Funcionamiento.

Procedimiento Administrativo de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Comercialización

Ítem 07 de acuerdo a TUPA vigente

• Autorización para instalación o ubicación de anuncios y/o avisos - paneles monumentales.

Procedimiento Administrativo de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Comercialización

Ítem 20 de acuerdo a TUPA vigente

• Autorización para la instalación o ubicación de avisos y/o elementos de publicidad exterior temporal (afiches, carteles, banderolas, gigantografías y pasacalles).

Procedimiento Administrativo de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Comercialización

Ítem 21 de acuerdo a TUPA vigente

1930756-1