Aprueban costos administrativos incurridos por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. con motivo de la implementación del FISE, en el marco del Programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
Nº 035-2021-OS/CD
Lima, 25 de febrero de 2021
VISTOS:
El Informe Técnico Nº 131-2021-GRT elaborado por la División de Gas Natural y el Informe Legal Nº 132-2021-GRT elaborado por la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, los recursos del Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante “FISE”) se destinarán para la masificación del uso del gas natural mediante el financiamiento parcial o total de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte, y conversiones vehiculares, todo de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energía aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (en adelante “Minem”);
Que, el Plan de Acceso Universal a la Energía vigente fue aprobado por el Minem mediante Resolución Ministerial Nº 203-2013-MEM/DM y comprende el periodo 2013 – 2022. De acuerdo con el referido Plan, uno de sus objetivos específicos consiste en priorizar los proyectos para el suministro y uso del Gas Natural en los lugares con poblaciones de menores recursos, con el propósito de promover su bienestar y desarrollo económico en el marco de la política de “Inclusión Social”;
Que, con Decreto Supremo Nº 012-2016-EM se modificó el Reglamento de la Ley Nº 29852 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM (en adelante “Reglamento FISE”), disponiéndose en este que con los recursos del FISE se puede financiar el 100% del costo total del Derecho de Conexión, la Acometida y el Servicio Integral de Instalación Interna de los proyectos incorporados en los programas de promoción de nuevos suministros residenciales; y precisando además que los costos administrativos en los que incurran las Distribuidoras de Gas Natural por Red de Ductos para la implementación del FISE serán establecidos por Osinergmin y reembolsados a estas por el Administrador del FISE;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 033-2019-MEM/DM el Minem aprobó el Programa Anual de Promociones 2019, estableciendo que, para efectos del Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao, el FISE financiará el costo del Servicio Integral de Instalación Interna durante el periodo comprendido entre el 02 de febrero de 2019 hasta la publicación del siguiente Plan Anual de Promociones o hasta la ejecución del monto total comprometido;
Que, con Resolución Nº 197-2019-OS/CD, publicada el 22 de noviembre de 2019, Osinergmin aprobó los costos administrativos incurridos en el periodo comprendido entre el 01 marzo de 2019 hasta el 30 de setiembre de 2019 por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. (en adelante “Cálidda”) con motivo de la implementación del FISE;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 007-2020-MEM/DM el Minem aprobó el Programa Anual de Promociones 2020, estableciendo que, para efectos del Programa de Promoción de nuevos suministros residenciales en el área de la concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de Lima y Callao, el FISE financiará el costo del Servicio Integral de Instalación Interna durante el periodo comprendido entre el 09 de enero de 2020 hasta la publicación del siguiente Plan Anual de Promociones o hasta la ejecución del monto total comprometido;
Que, en cumplimiento del encargo contenido en el mencionado numeral 16.2 del Reglamento FISE y en atención a la solicitud presentada por Cálidda al Minem, la cual fue trasladada a Osinergmin, mediante Oficio Nº 903-2020/MINEM-DGH-FISE, corresponde a Osinergmin reconocer los costos administrativos incurridos con motivo de la implementación del FISE para el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2019 y el 30 de noviembre de 2020, en el marco del Programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural;
Que, conforme se detalla en el Informe Técnico Nº 131-2021-GRT, el reconocimiento de los costos administrativos considera aquellos recursos personales que se emplean en las actividades directas asociadas a la gestión del FISE, considerando los niveles salariales estándar empleados en los procesos de regulación tarifaria de los servicios públicos de distribución de gas natural por red de ductos. Asimismo, se evalúan aquellas actividades desarrolladas de manera recurrente por personal propio o servicios contratados a terceros, para la atención de clientes por consultas y reclamos relacionados al Programa FISE y a la recaudación de amortizaciones por parte de los usuarios;
Que, dado el alcance particular de la presente resolución, no resultan aplicables las disposiciones de la Ley Nº 27838 y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, al no tratarse de una resolución con la que se fijan tarifas u otros cargos ni aprueba normas de alcance general, no correspondiendo, por tanto, la publicación del proyecto de resolución como requisito previo;
Que, se ha emitido el Informe Técnico Nº 131-2021-GRT elaborado por la División de Gas Natural y el Informe Legal Nº 132-2021-GRT elaborado por la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin; que complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 021-2012-EM; el Reglamento General de Osinergmin, aprobado con Decreto supremo Nº 054-2001-PCM, y en el TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, así como en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas, y;
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 06-2021.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los costos administrativos incurridos en el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2019 hasta el 30 de noviembre de 2020, por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. con motivo de la implementación del FISE, en el marco del Programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural, según el siguiente detalle:
Cuadro Nº 1
Actividad |
Costo Total S/ |
Gestión administrativa (14 meses) |
54 998,86 |
Costos incurridos en el periodo |
54 998,86 |
Artículo 2.- La empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. no podrá solicitar el reconocimiento de nuevos costos administrativos incurridos, dentro de los seis meses contados desde la fecha de emisión de la presente resolución de reconocimiento.
Artículo 3.- Incorporar el Informe Técnico Nº 131-2021-GRT y el Informe Legal Nº 132-2021-GRT, como partes integrantes de la presente resolución.
Artículo 4.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, y consignada, junto con los Informes Nº 131-2021-GRT y Nº 132-2021-GRT, en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx
Jaime Mendoza Gacon
Presidente del Consejo Directivo
1930683-1