Aprueban el Plan de Desarrollo Urbano Distrital de Santa María del Mar 2020-2030

Ordenanza Nº 311-MDSMM

Santa María del Mar, 29 de enero de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SANTA MARIA DEL MAR

POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTOS:

El Informe N° 003-2021-GAJ/MDSMM de fecha 06 de enero de 2021, el Informe N° 01-2021-GDU/MSMM de fecha 05 de enero de 2021;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, conforme el Artículo 192º de la referida Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen competencia para: Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, y ejecutar los planes y programas correspondientes”; y, el Artículo 195º precisa: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: (…) 2. Aprobar el plan de desarrollo local concertado con la sociedad civil. (…) 6. Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial”;

Que, asimismo, el Artículo IX del Título Preliminar, de la referida Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades dispone: “El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos (...). El sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales (…)”; asimismo, su Artículo 40º establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal (…); y, el Artículo 79º establece como función específica exclusiva de las Municipalidades Distritales: “3.1 Aprobar el Plan Urbano o Rural, según corresponda, con sujeción al Plan y a las normas emitidas por la Municipalidad Provincial sobre la materia”;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº022-2016- VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, que tiene por objeto: Regular los procedimientos técnicos que siguen los Gobiernos Locales a nivel nacional, en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión del suelo, de acondicionamiento territorial y de desarrollo urbano de sus circunscripciones, a fin de garantizar: 1. La ocupación racional y sostenible de los centros poblados urbanos y rurales, así como de sus ámbitos de influencia. 2. La armonía entre el ejercicio del derecho de propiedad predial y el interés público. 3. La reducción de la vulnerabilidad ante desastres, a fin de prevenir y atender de manera oportuna las condiciones de riesgos y contingencias físico - ambientales. 4. La coordinación de los diferentes niveles de gobierno: Nacional, Regional y Local, para facilitar la participación del sector privado en la gestión pública local. 5. La distribución equitativa de los beneficios y cargas que se deriven del uso del suelo. 6. La seguridad y estabilidad jurídica para la inversión inmobiliaria; 7. La eficiente dotación de servicios a la población; Estableciendo, además, que los Gobiernos Locales tienen la función de planificar el desarrollo integral de sus circunscripciones, en concordancia con los planes y las políticas nacionales, sectoriales y regionales, promoviendo las inversiones, así como la participación de la ciudadanía, conforme al citado Decreto Supremo; y, en su Artículo 12º señala: “Los Gobiernos Locales, en materia de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprueban los siguientes instrumentos: 12.1 El Plan de Acondicionamiento Territorial - PAT, corresponde a los ámbitos urbanos y rurales de las provincias, cuencas o espacios litorales. 12.2 Los Planes de Desarrollo Urbano que comprenden: 1. El Plan de Desarrollo Metropolitano - PDM, para la Metrópoli Nacional y ciudades o conglomerados urbanos, considerados Metrópolis Regionales. 2. El Plan de Desarrollo Urbano - PDU, para ciudades o conglomerados urbanos cuya población está por encima de los 5,000 habitantes. 3. El Esquema de Ordenamiento Urbano - EU, para centros poblados hasta los 5,000 habitantes. 4. El Plan Específico - PE, para sectores urbanos. 5. El Planeamiento Integral - PI, para predios rústicos; lo cual concuerda con el Artículo 30º de la Ordenanza Nº1862-2014 de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, asimismo, conforme al Artículo 32º del referido Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, el PLAN DE DESARROLLO URBANO: “32.1 Es el instrumento técnico-normativo, que orienta el desarrollo urbano de las ciudades mayores, intermedias y menores, con arreglo a la categorización establecida en el SINCEP. 32.2 Se elabora en concordancia con el PAT y/o el PDM, según corresponda y, con el SINCEP. 32.3 Forma parte del Plan de Desarrollo Municipal Provincial y/o Distrital Concertado, según corresponda, al que hace referencia la Ley Nº 27972 y constituye su componente físico – espacial”; de igual forma, el Artículo 36º establece: “36.1 La elaboración del PDU está a cargo del área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la Municipalidad Provincial, en coordinación con la Municipalidades Distritales involucradas, el Gobierno Regional correspondiente, los sectores del Gobierno Nacional, y la participación de la sociedad civil”; y, el Artículo 37º precisa que el horizonte de planeamiento del PDU es de largo plazo a diez (10) años, con previsiones para el mediano plazo a cinco (5) años y de corto plazo a dos (2) años; sin embargo, su vigencia concluye cuando se aprueba el PDU que lo actualiza. Asimismo, concluye su vigencia, cuando se aprueban los aspectos técnicos complementarios que lo modifican”;

Que, la Ordenanza 1862-MML, publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, regula el proceso de planificación del desarrollo territorial-urbano del área metropolitana de Lima, cuyo objeto es regular la formulación, aprobación, actualización y la gestión del Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano, los planes urbanos distritales, así como el conjunto de instrumentos de gestión, y tiene como finalidad, establecer los procesos, acciones, procedimientos técnicos y administrativos en materia de planificación territorial a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima y el conjunto de entidades, municipalidades distritales, organismos y empresas públicas, en el ejercicio de sus competencias, funciones y atribuciones en materia de planificación y gestión del desarrollo urbano en la ciudad de Lima, siendo dicha Ordenanza, de aplicación y cumplimiento obligatorio en el ámbito de la provincia de Lima; en su Artículo 26º establece que el Plan Urbano Distrital-PUD; es un instrumento técnico y de gestión local mediante el cual se promueven y desarrollan acciones de tratamiento y de regulación urbana local con sujeción a las disposiciones del Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano y la normativa respectiva; es formulado y aprobado por la correspondiente Municipalidad Distrital; el Artículo 28º precisa: “La metodología que se aplique en el proceso de formulación del Plan Urbano Distrital, incluirá fórmulas, procedimientos y mecanismos de participación vecinal en dicho proceso”; y finalmente, el Artículo 30º señala: “El Concejo Municipal Distrital mediante Ordenanza, aprobara el Plan Urbano que será remitida a la Municipalidad Metropolitana para su ratificación mediante Ordenanza Metropolitana”.

Que, la Ordenanza 418-MML, publicada el 21 de noviembre de 2002, se aprueba el Plan de Ordenamiento de los Balnearios del Sur de Lima Metropolitana al 2010, que está considerada dentro de las orientaciones y proposiciones del Plan de Desarrollo Metropolitano vigente, prorrogada mediante la Ordenanza N° 1702-MML y comprende territorialmente el área comprendida entre la Autopista Panamericana Sur y el mar, y entre el río Lurín y el límite entre las provincias de Lima y Cañete, dentro del cual se circunscriben los distritos de Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana.

Que, la Ordenanza Reglamentaria del Proceso de Aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de Planes Urbanos Distritales y Actualización de la Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, Ordenanza N° 620-MML publicada el 04 de abril de 2004. En concordancia con ello, se elaboró el Reajuste Integral de Zonificación de los Usos del Suelo de los Balnearios del Sur, del cual forma parte el distrito de Santa María del Mar, en base a la Propuesta de Zonificación Específica del Plan de Ordenamiento de los Balnearios del Sur, vigente, aprobado mediante la Ordenanza N° 1086-MML publicada el 26 de octubre de 2007 y actualizada por la Ordenanza Nº 2014 – MML publicada el 21 de diciembre de 2016.

Que, mediante Informe Nº 135-2020-GDU/MDSMM de fecha 18 de diciembre de 2020, la Gerencia de Desarrollo Urbano remite la información del Plan de Desarrollo Urbano Distrital de Santa María del Mar 2020 - 2030 a la Gerencia Municipal para su respectiva aprobación en Sesión de Concejo;

Que, mediante el Informe Nº99-2020-GAJ/MDSMM, la Gerencia de Asesoría Jurídica; OPINA favorablemente respecto a la aprobación del proyecto QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO URBANO DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR 2020-2030, elaborado por el equipo técnico contratado para ese fin, a cargo del Arquitecto Carlos Raúl Flórez García, el cual cuenta con Informe Técnico de la Gerencia de Desarrollo Urbano contenido en su Informe Nº54-2020-SGOPC/GDU/MDSMM, resultando VIABLE se eleve a Sesión de Concejo;

Estando a lo expuesto, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto MAYORÍA de sus miembros; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO URBANO DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR 2020 - 2030

Artículo Primero.- APROBAR la presente ordenanza municipal referida al PLAN DE DESARROLLO URBANO DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR 2020-2030 aprobado el día 29 de diciembre de 2020 en Sesión de Concejo, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, y tendrá una vigencia de 10 años, está estructurado en partes conforme a los siguientes contenidos:

PLAN URBANO DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR 2020-2030

INDICE del CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

PRIMERA PARTE: CONSIDERACIONES GENERALES DEL PLAN

1. ANTECEDENTES

1.1. Antecedentes Institucionales

1.2. Antecedentes Técnicos

2. FINALIDAD Y OBJETIVOS

2.1. Finalidad

2.1.1. En el aspecto técnico normativo

2.1.2. En el aspecto político-institucional y administrativo

2.1.3. En el aspecto social-participativo

2.2. Objetivos

2.2.1. Generales

2.2.2. Específicos

3. ALCANCES Y LIMITACIONES

3.1. Alcances

3.1.1. Territorial

3.1.2. Temporal

3.1.3. Técnico

3.2. Limitaciones

3.2.1. De carácter técnico

3.2.2. De carácter presupuestal

4. BASE LEGAL – NORMATIVA

4.1. Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972

4.2. Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible DS N° 022-2016-VIVIENDA

4.3. Ordenanza N° 1862-MML, que Regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial-Urbano del Área Metropolitana de Lima.

SEGUNDA PARTE: MARCO NORMATIVO URBANO-METROPOLITANO

5. PLAN DE DESARROLLO METROPOLITANO DE LIMA-CALLAO A 1980

6. PLAN DE DESARROLLO METROPOLITANO DE LIMA-CALLAO AL 2010

6.1. Propuesta de Acondicionamiento Territorial Metropolitano

6.2. Propuesta de Actualización del Sistema Vial Metropolitano

6.3. Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana correspondiente al Distrito de Santa María del Mar -como instrumento técnico-normativo del Plan de Desarrollo Metropolitano al 2010

6.3.1. Antecedentes.

6.3.2. Ordenanza 1862-MML que regula el proceso de planificación del desarrollo territorial-urbano del área metropolitana de Lima.

7. PLAN DE ORDENAMIENTO DE LOS BALNEARIOS DEL SUR DE LIMA METROPOLITANA AL 2010

7.1. Imagen Objetivo de Largo Plazo de los Balnearios del Sur.

7.2. Propuestas de Ordenamiento de los Balnearios del Sur.

7.2.1. Propuesta general de organización territorial.

7.2.2. Propuesta específica de ordenamiento y manejo ambiental.

7.2.3. Propuesta específica de seguridad física ante desastres.

7.3. Propuesta general de organización territorial.

7.4. Propuesta específica de ordenamiento y manejo ambiental.

7.5. Propuesta específica de seguridad física ante desastres.

8. PLAN INTEGRAL DE DESARROLLO DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR 2005-2015

8.1. Postulados esenciales del Plan Integral.

8.1.1. Ocupar plena y permanentemente el territorio distrital.

8.1.2. Revalorizar el patrimonio paisajístico y ambiental.

8.1.3. Ensanchar la base económica.

8.2. Logros y Falencias del Plan de Desarrollo Integral 2005-2015.

8.2.1. Respecto a los postulados del plan.

8.2.2. Respecto al poblamiento del distrito.

8.2.3. En referencia a los lineamientos de utilización del suelo.

8.2.4. Los proyectos catalizadores y los proyectos estratégicos (prioritarios).

TERCERA PARTE: PROBLEMÁTICA TERRITORIAL DE SANTA MARÍA DEL MAR

9. SINTESIS DE LA PROBLEMÁTICA TERRITORIAL-URBANA DE LOS BALNEARIOS DEL SUR

9.1. Situación de los balnearios del sur en el contexto metropolitano.

9.2. Características de la estructura urbana actual de loa balnearios.

9.3. Problemas urbano-territoriales de los balnearios.

10. SINTESIS DE LA PROBLEMÁTICA TERRITORIAL DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR

10.1. Caracterización del territorio distrital de Santa María del Mar.

10.2. Situación del distrito de Santa María del Mar.

10.2.1. Identificación de los factores del entorno.

10.2.2. Identificación de los factores internos.

10.3. Problemas territoriales específicos del distrito.

10.3.1. Otorgamiento de terrenos eriazos del Estado a particulares en el distrito.

10.3.2. Desintegración territorial de la jurisdicción distrital.

CUARTA PARTE: PROPUESTAS DEL PLAN URBANO DISTRITAL

11. ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO URBANO DISTRITAL

11.1. Consideraciones de base.

11.1.1. Los instrumentos técnicos vigentes.

11.1.2. Proceso de cambios en el distrito.

11.1.3. Enfoque del nuevo plan urbano.

11.2. Lineamientos específicos de desarrollo urbano distrital.

11.2.1. Concepción.

11.2.2. Visión.

11.2.3. Objetivo global.

11.2.4. Rol dentro de la Metrópoli.

11.2.5. Estrategia territorial y funcional.

11.2.6. Políticas territoriales.

12. PROPUESTAS GENERALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y URBANO DISTRITAL

12.1. Organización territorial distrital.

12.2. Clasificación del suelo por condiciones generales de uso.

13. PROPUESTAS ESPECÍFICAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y URBANO DISTRITAL

13.1. Sistema vial para Santa María del Mar.

13.1.1. Consideraciones de base.

13.1.2. Objetivos de la propuesta.

13.1.3. Condicionantes básicas para la formulación de la propuesta.

13.1.4. Sistema vial distrital.

13.1.5. Prioridades de intervención del sistema vial Metropolitano-Distrital.

13.2. Escenarios de poblamiento futuro en el distrito.

13.2.1. Consideraciones de base.

13.2.2. Crecimiento poblacional, situación actual y proyecciones.

13.2.3. Escenarios del Plan Integral de Desarrollo 2005-2015.

13.2.4. Aproximaciones recientes a partir del plan vigente y las perspectivas al mediano y largo plazos.

13.2.5. Escenarios a considerar en el estudio del nuevo Plan 2030-2030.

13.2.6. Conclusiones.

13.2.7. Recomendaciones.

13.3. Reajuste Integral de Zonificación Distrital de los Usos del Suelo.

13.3.1. Consideraciones de base.

13.3.2. Objetivos de la propuesta.

13.3.3. Condicionantes básicas para formular la propuesta.

13.3.4. Reajuste específico de las Áreas de Tratamiento Normativo de Lima Metropolitana.

13.3.5. Propuesta específica del reajuste integral de zonificación distrital de usos del suelo.

QUINTA PARTE: IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN URBANO DISTRITAL

14. METAS PROGRAMADAS SEGÚN PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN

14.1. Metas a Corto y Mediano Plazo.

14.1.1. Metas de Administración Urbana.

14.1.2. Metas de Habilitación Urbana.

14.1.3. Metas de Infraestructura Vial y de Transporte.

14.1.4. Metas de Equipamiento Urbano.

14.1.5. Metas de Saneamiento Integral.

14.1.6. Metas de Seguridad Física.

14.2. Metas a Largo Plazo.

15. PROPUESTA DE PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN E INVERSIÓN URBANA

15.1. Finalidad.

15.2. Objetivo.

15.3. Proyectos de Inversión Urbana.

15.3.1. Programa I: Administración Urbana.

15.3.2. Programa II: Habilitación Urbana.

15.3.3. Programa III: Infraestructura Vial y de Transporte.

15.3.4. Programa IV: Equipamiento Urbano.

15.3.5. Programa V: Saneamiento Integral.

15.3.6. Programa VI: Seguridad Física.

INDICE de LÁMINAS Y GRÁFICOS

LÁMINA 1.- LOCALIZACIÓN DE ÁREAS PARA RECREACIÓN EXTRAURBANA

(Esquema Director 19681980).

LÁMINA 2.- PROPUESTA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL (1992).

LÁMINA 3.- CLASIFICACIÓN DEL SUELO MET. POR CONDICIONES GENERALES DE USO.

LÁMINA 4.- PROPUESTA DEL SISTEMA VIAL PO-07.

LÁMINA 5.- AREAS DE TRATAMIENTO NORMATIVO DE LIMA METROPOLITANA.

LÁMINA 6.- AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO I y IV / PLANO N° 01.

LÁMINA 7.- BALNEARIOS DEL SUR DE LIMA METROPOLITANA.

LÁMINA 8.- DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO PO-01.

LÁMINA 9.- PROPUESTA DE ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DE SUELO DE SANTA MARÍA Y SAN BARTOLO PO-09D.

LÁMINA 10.- PROPUESTA DE ORDENAMIENTO, MANEJO Y SEGURIDAD FÍSOCA PO-05.

LÁMINA 10A.- FENÓMENOS AMBIENTALES Y DESASTRES NATURALES.

LÁMINA 11.- PROTECCIÓN DE CUENCAS INACTIVAS EN EL ÁMBITO DE LOS BALNEARIOS DEL SUR.

LÁMINA G-04 PID / ESQUEMA GENERAL DE ZONAS Y VÍAS.

LÁMINA G-03 PID/ IMAGEN OBJETIVO DE LA NUEVA CIUDAD.

GRAFICO 01 (PID 2005).

LÁMINA 12.- GEOGRAFÍA DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR.

LÁMINA 13.- PREDIOS ESTATALES – DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR P-01.

LÁMINA 14.- PLANO N° 012-95-MLM/DMDU-ZGLM.

LÁMINA 15.- PROBLEMÁTICA DISTRITAL / DESINTEGRACIÓN FÍSICO – ESPACIAL DEL TERRITORIO DISTRITAL.

LÁMINA 16.- ESQUEMA DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DISTRITAL.

LÁMINA 17.- CLASIFICACIÓN DEL SUELO POR CONDICIONES GENERALES DE USO DISTRITAL.

LÁMINA 18.- PROPUESTA: SISTEMA VIAL METROPOLITANO DEL DISTRITO.

LÁMINA 18A.- SECCIONES VIALES DEL SISTEMA SECUNDARIO DISTRITAL.

LÁMINA G-02 SECTORES Y SUPERFICIES DE SUBSECTORES (PID 2005).

LÁMINA 19.- ÁREAS DE TRATAMIENTO NORMATIVO DE LIMA METROPOLITANA.

LÁMINA 20.- PROPUESTA PRELIMINAR DE REAJUSTE DE ZONIFICACIÓN DE USOS DE SUELO DE SMDM.

INDICE de CUADROS

CUADRO N° III. 2.1 ÁREAS DE ORDENAMIENTO Y MANEJO AMBIENTAL DE LOS BALNEARIOS DEL SUR (2002).

CUADRO 02 PLAN URBANO INTEGRAL 2005 (PID).

CUADRO 03 POBLAMIENTO DE DISTRITO: OPCIÓN OPTIMISTA.

CUADRO 04 POBLAMIENTO DE DISTRITO: OPCIÓN INTERMEDIA OPTIMISTA.

CUADRO 05 POBLAMIENTO DE DISTRITO: INTERMEDIA CONSERVADORA.

CUADRO 06 POBLAMIENTO DE DISTRITO: OPCIÓN DE ÁREAS REALES Y BAJA DENSIDAD AL ESTE DEL BALNEARIO.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, y demás unidades orgánicas pertinentes, disponer las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General su remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratificación mediante Ordenanza Metropolitana.

Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su Publicación en el diario oficial El Peruano, así como de la Ordenanza Metropolitana de Lima, que la ratifica.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JIRIES MARTIN JAMIS SUMAR

Alcalde

1930437-1