Amplían fecha de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2021

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 013-2021-MDMM

Magdalena del Mar, 22 de febrero del 2021

EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR

VISTOS: El Informe Conjunto Nº 003 -2021-SGRRCT/SGFT-GATR-MDMM, de fecha 15 de febrero del 2021, emitido por la Subgerencia de Registro, Recaudación y Control Tributario y Sub Gerencia Fiscalización Tributaria; el Informe Nº 011-2021-GATR-MDMM, de fecha 15 de febrero del 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; el Informe Nº 155-2021-MDMM-GAJ, de fecha 19 de febrero del 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorando Nº 336-2021-GM-MDMM, de fecha 22 de febrero de 2021, emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en sus Artículos 74º y 194º reconoce a los Gobierno Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Ordenanza Nº109-2020-MDMM publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 25 de diciembre de 2020, se fijó el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por Pronto Pago, entre otros, correspondiente al Ejercicio 2021;

Que, el Artículo Tercero de la norma acotada en el párrafo precedente, establece como “Incentivos para el Pago” para el presente año, el descuento del 20% si los contribuyentes cumplen con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales 2021 e Impuesto Predial 2021, dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial; así como, si cancelara solo de manera total anual los Arbitrios Municipales 2021 el descuento será del 12%; y el descuento del 10% si cancelan un semestre completo correspondiente a los Arbitrios Municipales 2021 dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial;

Que, asimismo se establecen las fechas de vencimiento del pago del Impuesto Predial al contado y en forma fraccionada; y de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero, con fecha de vencimiento, el día 27 de febrero del 2021;

Que, la Segunda Disposición Complementaria y Transitoria de la Ordenanza Nº 109-2020-MDMM faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la indicada Ordenanza, y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso;

Que, mediante documentos de vistos, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la ampliación del plazo de fechas de vencimiento de pagos tributarios e incentivos por pronto pago, teniendo en cuenta teniendo en cuenta las restricciones al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas, disponiéndose la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios de lunes a domingo, según el Nivel de Alerta por Departamento, correspondiendo a Lima Metropolitana el Nivel de alerta extremo: desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas; a través de los Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM y Decreto Supremo Nº 023-2021-PCM, resulta conveniente otorgar a nuestros Contribuyentes, las máximas facilidades para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias ante la Corporación Edil;

Que, conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- AMPLIAR la fecha de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2021, según el siguiente detalle:

IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES

Pago al Contado : Enero: Miércoles, 31 de marzo de 2021.

Miércoles, 31 de marzo de 2021. Febrero: Miércoles, 31 de marzo de 2021.

Pago Fraccionado

Primera Cuota : Miércoles, 31 de marzo de 2021.

Artículo Segundo.- Los beneficios establecidos en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 109-2020-MDMM, serán de aplicación en función del Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través de sus Subgerencias y a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CARLOMAGNO CHACON GOMEZ

Alcalde

1929815-1