Aprueban el “Reglamento para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud”, la actualización del “Sistema Electrónico de Transferencia de Información de Afiliados (SETI - AF)”, las plataformas en línea “Reporte Mensual de Personas Afiliadas - RMPA Virtual” y “Resuelve tu Afiliación” y el Anexo: “Manual de Usuario del Sistema Electrónico Transferencia de Información de Afiliados (SETI - AF)”

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 010-2021-SUSALUD/S

Lima, 15 de febrero de 2021

VISTOS:

El Memorándum Nº 01042-2020-SUSALUD/SAREFIS, de fecha 30 de diciembre de 2020, de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, el Informe Nº 01103-2021/INA, de fecha 29 de diciembre de 2020, de la Intendencia de Normas y Autorizaciones y el Informe Nº 00068-2021/OGAJ, de fecha 02 de febrero de 2021, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 29344, Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo Nº 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA), se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS), en el ámbito de su competencia;

Que, el artículo 7 del TUO de la Ley Nº 29344, Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, antes mencionado, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud, son aquellas entidades o empresas públicas, privadas o mixtas, creadas o por crearse, que reciban, capten y/o gestionen fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad; señalándose que el registro en la Superintendencia Nacional de Salud es requisito indispensable para la oferta de las coberturas antes señaladas;

Que, los numerales 5, 6 y 14 del artículo 13 del texto legal antes referido, establecen como funciones generales de la Superintendencia Nacional de Salud, regular, supervisar, autorizar y registrar a las IAFAS; así como normar, administrar y mantener el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud; y, regular la recolección, transferencia, difusión e intercambio de la información generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS o Unidades de Gestión de IPRESS;

Que, de otro lado, mediante Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2013-JUS, se han dictado las disposiciones necesarias con el objeto de garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos personales, previsto en la Constitución Política del Perú;

Que, el numeral 2.1 del artículo 21 del Decreto de Urgencia Nº 017-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la cobertura universal de salud, dispone autorizar a la IAFAS Seguro Integral de Salud (SIS) a afiliar, independientemente de la clasificación socioeconómica, a toda persona residente en el territorio nacional que no cuente con algún seguro de salud, con la finalidad de garantizar la protección del derecho a la salud;

Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y el artículo 29 de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, establecen que el Seguro Integral de Salud utilizará como única fuente de información, la contenida en el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud, verificando si una persona cuenta con otro seguro de salud;

Que, en virtud a ello, mediante Resolución de Superintendencia Nº 042-2011-SUNASA/CD se aprobó el Reglamento para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud (AUS), modificado por Resolución de Superintendencia Nº 081-2015-SUSALUD/S, estableciéndose los indicadores de cumplimiento en la “Modalidad de Lotes”, a que se obligan las IAFAS para la remisión de la información para el Registro de Afiliados al AUS;

Que, posteriormente, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 069-2017-SUSALUD/S, se aprobó la plataforma y el Manual de Uso “Resuelve tu Afiliación”, como un servicio que brinda SUSALUD para todos los usuarios que consultan el citado Registro de Afiliados, orientado a mantener y facilitar su actualización;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 119-2017-SUSALUD/S, se modifica el artículo 22 del “Reglamento para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud – AUS”, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 042-2011-SUNASA/CD y modificado por Resolución de Superintendencia Nº 081-2015-SUSALUD/S, y el Capítulo II del “Manual de Usuario del Sistema Electrónico de Transferencia de Información de Afiliados – SETIAF”, creando el aplicativo Reporte Mensual de Personas Afiliadas – RMPA Virtual, implementado por SUSALUD para remitir el Reporte Mensual de Personas Afiliadas, estableciéndose como obligatoria la remisión del mencionado Reporte a partir de la información del mes de setiembre 2017, cuyo plazo de presentación es dentro de los 10 primeros días hábiles del mes de octubre 2017;

Que, asimismo, mediante Resolución de Superintendencia Nº 121-2019-SUSALUD/S, se aprobaron las “Disposiciones del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud – Modelo SITEDS”, cuyo objeto es dictar disposiciones relacionadas al uso obligatorio del “Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud – Modelo SITEDS” y su implementación por parte de las IAFAS e IPRESS;

Que, en atención a las disposiciones que se han citado y como resultado de las acciones de supervisión, se ha determinado que resulta necesario actualizar y adecuar el Reglamento para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud (AUS), a fin de unificar a nivel de transacción los procesos de acreditación y afiliación, de tal forma que el mencionado Registro de Afiliados, se constituya en un instrumento que posibilite obtener de manera oportuna, suficiente y consistente, información sobre la afiliación de una persona a un seguro de salud, cualquiera sea el régimen de financiamiento, a fin de que sirva como un instrumento de medición de la cobertura del proceso de Aseguramiento Universal en Salud; además de la identificación de las responsabilidades de los actores que participan en el proceso misional de afiliación de los asegurados, así como implementar el envío en línea de la citada información, de acuerdo a los parámetros establecido por SUSALUD;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 084-2020-SUSALUD/S, se dispuso la publicación del proyecto de “Reglamento para el registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud”, en el portal electrónico de SUSALUD, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General”, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y modificatoria, a efectos de recoger las opiniones de los usuarios y del público en general, las cuales fueron debidamente analizadas y evaluadas para su incorporación al proyecto de norma;

Con los vistos del Gerente General, de la Superintendente Adjunta de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, del Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, del Intendente de la Intendencia de Investigación y Desarrollo y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud;

Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1289 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR el “Reglamento para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud”, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución y consta de siete (7) Capítulos, veinticinco (25) artículos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias Transitorias, una (1) Disposición Complementaria Derogatoria y un (1) Anexo.

Artículo 2.- APROBAR la actualización del “Sistema Electrónico de Transferencia de Información de Afiliados (SETI - AF)”, por el cual las IAFAS remiten a SUSALUD la información para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud (RAAUS).

Artículo 3.- APROBAR la plataforma en línea “Reporte Mensual de Personas Afiliadas - RMPA Virtual”, mecanismo automatizado que forma parte del “Sistema Electrónico de Transferencia de Información de Afiliados (SETI – AF)”, a través del cual las IAFAS cumplen con la obligación de enviar la información de sus afiliados, que permita mantener actualizado el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud (RAAUS), de manera oportuna y de calidad, bajo responsabilidad.

Artículo 4.- APROBAR la plataforma en línea “Resuelve tu Afiliación”, mecanismo automatizado que forma parte del “Sistema Electrónico de Transferencia de Información de Afiliados (SETI - AF)”, a través del cual las IAFAS pueden ingresar, verificar y resolver los estados de afiliación de los usuarios de los servicios de salud, la misma que está a disposición en el Portal Institucional de SUSALUD (www.gob.pe/susalud).

Artículo 5.- APROBAR el Anexo: “Manual de Usuario del Sistema Electrónico Transferencia de Información de Afiliados (SETI - AF)”, en el que se detalla el procedimiento de envío de información al Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud (RAAUS), el cual forma parte del reglamento aprobado en el Artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 6.- FACULTAR al Intendente de la Intendencia de Investigación y Desarrollo a aprobar las actualizaciones de los aplicativos informáticos que forman parte del SETI – AF, así como del “Manual de Usuario del Sistema Electrónico Transferencia de Información de Afiliados (SETI - AF)”.

Artículo 7.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; y en la misma fecha, la publicación de la resolución, el “Reglamento para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud” y su Anexo en la página web institucional (www.gob.pe/susalud).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL

Superintendente

1929716-1