Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria de Cajamarca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 743-CMPC
Cajamarca, 03 de diciembre de 2020.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAJAMARCA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE
CAJAMARCA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 02 de diciembre del 2020, el , el Dictamen Nº 020-2020-CAAF sobre aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria de Cajamarca.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 74º y 195º nos señala que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas mediante ordenanzas;
Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº004-2019-JUS establece que mediante Decreto Supremo refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros se aprueban los procedimientos administrativos estandarizados de obligatoria aplicación por las entidades competentes para tramitarlos, las que no están facultadas para modificarlos o alterarlos; y, están obligadas a incorporarlos en sus respectivos Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA);
Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la obligación de todas la entidades públicas de elaborar, aprobar o gestionar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA
Que, la citada norma además establece que el contenido del TUPA comprende a todos los procedimientos de iniciativa de parte que cuenten con respaldo legal y sean requeridos por los administrados para satisfacer sus necesidades o derechos, así como en la descripción clara y taxativa de todos los requisitos para su realización, entre otras condiciones que otorgan predictibilidad a los administrados para su adecuada tramitación;
Que, el TUPA incluye la relación de los servicios prestados en exclusividad, entendidos como las prestaciones que las entidades se encuentran facultadas a brindar en forma exclusiva en el marco de su competencia cuando estos no pueden ser realizados por otra entidad o terceros;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, siendo uno de sus principios orientadores el de orientar al usuario, a partir del cual el Estado y sus entidades deben definir sus prioridades e intervenciones a partir de las necesidades ciudadanas y en función de ello, establecer las funciones y los procesos de gestión que permitan responder a esas necesidades;
Que, una forma de contribuir en la mejor atención a los ciudadanos consiste en facilitar el conocimiento y comprensión de la información de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad previstos en el TUPA de las entidades públicas para facilitar y permitir el ejercicio de sus derechos;
Qué, según lo dispuesto en el numeral 44.2 del artículo 42 de la Ley Nº 274444, Ley del Procedimiento Administrativo General modificada mediante el Decreto Legislativo Nº1452, señala que son condiciones para la procedencia del cobro de los derechos de tramitación, que estos hay en sido determinados conforme a la metodología vigente y que estén consignados en su vigente Texto Único de Procedimientos Administrativos;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Publica Nº 005-2018-PCM-SGP, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, el mismo que contiene los criterios técnicos-legales que deben seguir las entidades de la administración pública para la elaboración, aprobación y publicación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) que compendian los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, el mismo establece en su Artículo 18, entre otros, que respecto a la Aprobación del TUPA, que para el caso de los Gobiernos Locales, sus organismos públicos, órganos desconcentrados, empresas municipales, ellas las entidades deben aprobar su nuevo TUPA o la incorporación / modificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, mediante Ordenanza Municipal;
Que, la Comisión citada ha emitido su Informe Técnico en el cual se ha determinado que la Entidad Servicio de Administración Tributaria de Cajamarca, ha seguido los procedimientos establecidos en los lineamientos, mencionados líneas arriba para la elaboración, aprobación y publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria de Cajamarca, en tanto se ajusta a la normatividad vigente y a los precedentes vinculantes arriba mencionados;
Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, aprobada mediante Ley Nº 27972, y con el voto POR Unanimidad de los miembros del Concejo Provincial de Cajamarca, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA DE CAJAMARCA
CAPÍTULO I
DISPOSICIÓN GENERAL
Artículo Primero.- CRÉASE diez y ocho (18) tasas y apruébese su respectiva estructura de costos, y establézcase Quince (15) Procedimientos Administrativos, y Trece (13) Servicios Prestados en Exclusividad, aprobándose sus requisitos, y calificación, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. MODIFÍQUESE al TUPA Institucional del SAT-CAJAMARCA aprobado por Ordenanza Municipal Nº 546-CMPC.
Artículo Segundo.- APRUÉBESE la Estructura de costos, y establézcase el procedimiento administrativo de todos los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestado en Exclusividad que forma parte del Tupa anexo.
Artículo Tercero.- DISPÓNGASE que los derechos de tramitación a los que se hacen referencia los artículos anteriores, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE que la presente Ordenanza, será publicada en las páginas WEB de la Municipalidad Provincial de Cajamarca y del SAT Cajamarca.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza conforme a Ley, a la Unidad de Informática y Sistemas en la página Web de la Municipalidad Provincial de Cajamarca y al SAT CAJAMARCA en su página Web.
Artículo Sexto.- ENCARGAR el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza y sus anexos, a todas las unidades orgánicas que integran el Servicio de Administración Tributaria de Cajamarca.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
VÍCTOR ANDRÉS VILLAR NARRO
Alcalde Provincial
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
1928580-1