Disponen inicio de la etapa de ejecución de la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497 en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Madre de Dios y San Martín, en el año 2021
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 000029-2021-CE-PJ
Lima, 2 de febrero del 2021
VISTO:
El Oficio Nº 0006-2021-P-ETIINLPT-CE-PJ cursado por el señor Javier Arévalo Vela, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueve Ley Procesal del Trabajo.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 148-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Madre de Dios y San Martín, para el año 2021.
Segundo. Que, la Octava Disposición Transitoria de la Ley Nº 29497 establece que las acciones necesarias para la aplicación de la referida norma, se ejecutan con cargo a los presupuestos institucionales aprobados a los pliegos presupuestarios involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; por ello, es imprescindible que el Poder Judicial destine presupuesto institucional para financiar los gastos que genere la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en las Cortes Superiores antes mencionadas, más aún si se tiene en cuenta que las mismas Cortes Superiores y el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, vienen realizando acciones para proyectar un gasto eficiente.
Tercero. Que, en ese contexto, el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueve Ley Procesal del Trabajo mediante Oficio Nº 0006-2021-P-ETIINLPT-CE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno que se apruebe el inicio de ejecución de las actividades dirigidas a implementar la Nueva Ley Procesal del Trabajo para el año 2021, en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Madre de Dios y San Martín. Señala que se ha corroborado los Planes de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo de las citadas Cortes Superiores, realizándose videoconferencias para la contrastación de información y apoyo técnico por componente, a fin de verificar el avance de cada actividad necesaria para la referida implementación, especialmente las que incurren en el presupuesto. En mérito a ello, se indica que la Gerencia General del Poder Judicial brinde el apoyo técnico y económico para las implementaciones mencionadas, siguiendo el criterio establecido por el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 148-2019-CE-PJ.
Cuarto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 112-2021 de la quinta sesión continuada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de enero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer el inicio de la etapa de ejecución de la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley Nº 29497 en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Madre de Dios y San Martín, en el año 2021.
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial financie y brinde el apoyo técnico que se requiera, al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y a las Cortes Superiores de Justicia mencionadas.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Madre de Dios y San Martín; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta
1925966-6