Desactivan la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República

Presidencia del Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000009-2021-P-CE-PJ

Lima, 29 de enero del 2021

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000322-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creó la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses; a partir del 1 de diciembre de 2020.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 000132-2020-P-CE-PJ, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial difirió la entrada de funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, hasta el 15 de diciembre de 2020, fecha a partir de la cual el citado órgano jurisdiccional iniciaría sus funciones jurisdiccionales por el plazo establecido en la Resolución Administrativa Nº 000322-2020-CE-PJ. Posteriormente, a través de la Resolución Administrativa Nº 000137-2020-P-CE-PJ, se difirió la entrada de funcionamiento de la referida Sala hasta el 4 de enero de 2021.

Tercero. Que, al respecto, es menester señalar que el Poder Judicial no cuenta con la disponibilidad presupuestal para el año 2021, al no haberse asignado los recursos solicitados, a fin de garantizar el adecuado abastecimiento de recursos humanos y logísticos necesarios para el funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. En ese sentido, corresponde dictar las medidas pertinentes.

Cuarto. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de éste Órgano de Gobierno,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Desactivar, a partir del 1 de febrero del año en curso, la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por las razones expuestas en la presente decisión.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

1925966-10