Designan Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil y Familia de Celendín, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Celendín, y disponen su destaque para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 156-2021-MP-FN
Lima, 4 de febrero de 2021
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 118-2021-MP-FN, de fecha 27 de enero de 2021, se resolvió, entre otros, concluir el nombramiento del abogado César Williams James Miranda Enriquez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Miraflores – Lima Sur, así como su asignación temporal a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, con la finalidad de que preste apoyo en el plan de descarga que ejecuta el referido Distrito Fiscal.
Que, asimismo se advierte, que el fiscal antes mencionado ostenta el cargo de carrera de Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil y Familia de Celendín, Distrito Fiscal de Cajamarca, encontrándose su plaza en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Celendín, la misma que actualmente se encuentra ocupada por el abogado Juan Luis Quiroz Vásquez, en condición de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca. Sin embargo, debido a la mínima carga laboral que presenta el citado Despacho, se dispuso el destaque del abogado Juan Luis Quiroz Vásquez, para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca.
Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de Organización y Funciones, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fiscales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal.
Que, la provisionalidad de los fiscales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución, que no genera más derechos que los inherentes al cargo provisional que se ejerce; tal como se ha fundamentado en reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional.
Que, con oficio Nº 084-2021-MP-FN-PJFSCAJAMARCA, el abogado Edgar Alfredo Rebaza Vargas, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, solicita se disponga el destaque del abogado César Williams James Miranda Enriquez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil y Familia de Celendín, Distrito Fiscal de Cajamarca, para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, adjuntando para ello, el consentimiento del mismo.
Que, en tal sentido, estando a lo expuesto en los párrafos precedentes, y conforme a las prerrogativas de la titular del Ministerio Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Juan Luis Quiroz Vásquez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Celendín, así como su destaque para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 928 y 1531-2020-MP-FN, de fechas 26 de agosto y 31 de diciembre de 2020.
Artículo Segundo.- Designar al abogado César Williams James Miranda Enriquez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil y Familia de Celendín, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Celendín, y destacarlo para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, a partir de la fecha y hasta el 30 de junio de 2021.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación
1925680-1