Aprueban la Directiva D-003-2021-SUTRAN/06.1-003 “Disposiciones para la atención de solicitudes de acogimiento al Programa de Regularización de Sanciones, dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2021-MTC”

RESOLUCIóN DE SUPERINTENDENCIA

N° D000011-2021-SUTRAN-SP

Lima, 3 de febrero del 2021

VISTOS: El Informe N° D000009-2021-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Informe Nº D000021-2021-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº D000049-2021-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000049-2021-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe N° D000034-2021-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2021-MTC, se aprueba el programa de regularización de sanciones impuestas al amparo de los Decretos Supremos N° 058-2003-MTC, N° 021-2008-MTC, N° 016-2009-MTC, N° 017-2009-MTC, el cual establece que la Sutran, a través de resolución de Superintendencia, aprueba el procedimiento para acogerse al Programa de Regularización de Sanciones en el plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la publicación del mencionado decreto supremo;

Que, en ese contexto, a través del Informe N° D000009-2021-SUTRAN-GEN, la Gerencia de Estudios y Normas propone y sustenta el proyecto de Directiva sobre “Disposiciones para la atención de solicitudes de acogimiento al Programa de Regularización de Sanciones, dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2021-MTC”;

Que, mediante Informe Nº D000021-2021-SUTRAN-UPM, la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable al proyecto de Directiva sobre “Disposiciones para la atención de solicitudes de acogimiento al Programa de Regularización de Sanciones, dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2021-MTC”; opinión que es compartida por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto como es de verse en el Memorando Nº D000049-2021-SUTRAN-OPP;

Que, con el Informe N° D000049-2021-SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de Directiva sobre las “Disposiciones para la atención de solicitudes de acogimiento al Programa de Regularización de Sanciones, dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2021-MTC”, se adecúa a las disposiciones normativas de la Directiva N° D013-2018-SUTRAN/04.2.1-006 V01 que regula la formulación de documentos normativos en la Sutran, por lo que resulta procedente su aprobación por la Superintendencia; opinión que hizo suya la Gerencia General a través del Informe N° D000034-2021-SUTRAN-GG;

Que, en ese sentido, en mérito a las consideraciones expuestas, contando con los vistos buenos de la Gerencia de Estudios y Normas, de las oficinas de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, así como de la Gerencia General, y;

De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2015-MTC, el Decreto Supremo N° 001-2021-MTC y la Directiva N° D013-2018-SUTRAN/04.2.1-006 V01 “Directiva que regula la formulación, aprobación y modificación de documentos normativos en la Sutran”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva D-003-2021-SUTRAN/06.1-003 “Disposiciones para la atención de solicitudes de acogimiento al Programa de Regularización de Sanciones, dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2021-MTC”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como, en el Portal Institucional de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran (www.gob.pe/sutran) de la citada resolución y su respectivo anexo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA

Superintendente

Superintendencia

1925467-1