Ordenanza Regional que aprueba la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Gobierno Regional de La Libertad, en lo que corresponde a la Gerencia Regional de Salud y Órganos Desconcentrados

ORDENANZA REGIONAL

Nº 01-2021-GRLL/CR

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú: Ley de Bases de Descentralización, Ley 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias.

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:

En Sesión Ordinaria Virtual del Consejo Regional de fecha 13 de enero del 2021, VISTO Y DEBATIDO la Propuesta del Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Aprobar la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Gerencia Regional de Salud y sus Órganos Desconcentrados” y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, establece en su artículo 38º que el Consejo Regional, como Órgano Normativo del Gobierno Regional, tiene atribución de aprobar la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentar materias de su competencia a través de Ordenanzas Regionales;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº008-2011-GRLL/CR y su modificatoria con Ordenanza Regional Nº006-2016-GRLL/CR se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad;

Que, mediante Decreto de Urgencia 014-2019 Ley de Presupuesto del Sector Público año fiscal 2020, Ley que autoriza el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud (CLAS), a los que se refiere la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley 30693, y que fueron identificados en el marco de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

Que, Decreto Supremo Nº 025-2019-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693;

Que, el Decreto de Urgencia Nº 016-2020, establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, que establece en el numeral 14.1 del artículo 14 , la autorización para continuar el proceso de nombramiento dispuesto en la Ley Nº 30957 hasta el 40% (cuarenta por ciento) durante el año 2020, de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 280-2020-MINSA, se aprueba la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud;

Que, a través de la Ordenanza Regional Nº029-2018-GR-LL/CR de fecha 13 de diciembre del 2018, se aprobó la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la gerencia Regional de Salud y sus Órganos Desconcentrados;

Que, en aplicación a las normas antes citadas y con el propósito de culminar el Proceso de Nombramiento 2018 se emitió la Resolución Ejecutiva Regional Nº3242-2018-GRLL/GOB del 26 de diciembre del 2018, autorizando el nombramiento de (175) PEAS distribuidas en la Gerencia Regional de Salud y sus 14 Unidades Ejecutoras, de las cuales (171) cargos son previstos y (4) cargos se encontraban en la condición de contrato a plazo fijo según Decreto Legislativo Nº276, totalizando las (175) PEAS autorizadas;

Que mediante Resolución Ministerial Nº280-2020-MINSA de fecha 11 de mayo del 2020 el Ministerio de Salud aprobó la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957 y estableció el número de PEAS asignadas a cada unidad ejecutora de los Gobiernos Regionales, las mismas que deben ser consideradas en el Cuadro para Asignación de Personal de cada Gobierno Regional;

Que, el supuesto 1.2 del numeral 1 del anexo 4 de la Directiva Nº002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, establece que las entidades podrán hacer ajustes a su CAP provisional en el año fiscal siendo: “aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley anual de presupuesto del sector público (…), podrán hacer ajustes a su CAP con la aprobación de un CAP provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley anual de presupuesto del sector público”;

Que, conforme a los numerales 3.1 y 4.1 de la referida norma, señala que la aprobación del CAP Provisional por parte de las entidades está condicionada al Informe Técnico de aprobación que emita SERVIR, por lo cual procede llevar acabo el análisis respectivo;

Que, en numeral 5 de la citada Directiva, indica que el reordenamiento de cargos del PAP provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) cambios en los campos: “Número de orden”, “Cargo estructural”, “Código”, “Clasificación”, “Situación del Cargo”, “Cargos de Confianza”; y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad;

Que, con Oficio Nº000649-SERVIR/PE, de fecha 02 de diciembre del 2020, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional de Servicio Civil remite el INFORME TÉCNICO Nº000149-2020-SERVIR/GDSRH levantando las observaciones emitidas con el Oficio Nº002702-2020/GDSRH, que constituye la opinión técnica favorable respecto al Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Gerencia Regional de Salud La Libertad y sus 14 Unidades Ejecutoras; en donde se aplicó los supuestos establecidos para el reordenamiento de los (153) cargos de “previstos” a “ocupados” por efecto del proceso de nombramiento 2018 y la previsión de (50) cargos para el proceso de nombramiento 2020;

Que, ante lo expuesto en los párrafos anteriores, la Gerencia Regional de Salud La Libertad mediante Oficio Nº2772-2020-GRLL-GGR/GRSS-OA-UTF PERSONAL de fecha 07 de diciembre del 2020, remite a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional La Libertad, la propuesta de modificación del Cuadro para la Asignación de Personal Provisional (CAP-P) solicitando la aprobación mediante Ordenanza Regional, adjuntando el Informe Técnico Nº010-2020-GR-LL-GGR/GRS-OEA-UTF PER;

Que, la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, a través de la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional y la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, han cumplido con emitir los informes técnico y legal favorables, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución del Estado y el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, loa Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones contenidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; ley Orgánica de Gobiernos regionales – Ley 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23º, 61º y 64º del reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional Nº005-2010-GRLL/CR; demás normas complementarias; con dispensa de dictamen de comisión; dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional; ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:

Artículo Primero.- APROBAR la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Gerencia Regional de Salud y de sus Órganos Desconcentrados, que cuenta con (6939) cargos totales de los cuales (5376) tienen condición de ocupados y (1563) la condición de previstos, conforme al anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza regional. Siendo que para el año fiscal 2020 se han aprobado (50) cargos, los mismos que figuran detallados en el anexo 2, cuyo texto también forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, y a la Gerencia Regional de Salud, la implementación de la presente norma regional.

Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gobernador Regional de La Libertad se sirva remitir una copia autenticada del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) aprobado, al Ministerio de Salud y a la entidad SERVIR.

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional al Gobernador Regional del gobierno Regional de La Libertad, a la Gerencia General regional, a las Gerencias Regionales: Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia Regional de Salud La Libertad.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial “El Peruano” como en el Diario de mayor circulación de ámbito regional y su difusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad una vea publicada en el Diario Oficial, de conformidad con lo regulado en el Artículo 9º del Decreto Supremo Nº001-2009-JUS.

Artículo Sexto.- DÉJESE sin efecto toda disposición legal según corresponda, en cuanto se oponga a la presente Ordenanza Regional.

Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación.

En Trujillo, a los trece días del mes de enero del año dos mil veintiuno.

JUAN FERNANDO DÍAZ SÁNCHEZ

Presidente

AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad 1 de febrero del 2021

MANUEL FELIPE LLEMPÉN CORONEL

Gobernador Regional

ANEXO 1:

Unidad Ejecutora

Órgano

Cargos Ocupados

Cargos Previstos

Total cargos CAP P

400

Gerencia Regional de Salud La Libertad

Órgano de Línea del Gobierno Regional La Libertad

215

44

259

Red de Servicios de Salud Pataz

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

177

99

276

401

Instituto Regional de Oftalmología Javier Servat Univazo

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

79

134

213

402

Salud Norte Ascope (Hospital Regional Docente Trujillo)

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

865

142

1007

403

Salud Trujillo Sur Oeste - Hospital Belén de Trujillo

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

803

123

926

404

Hospital de Apoyo Chepén

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

247

33

280

405

Red De Salud Pacasmayo

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

194

37

231

Hospital de Apoyo “Tomás La Fora”

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

176

33

209

406

Red de Salud Sánchez Carrión

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

159

65

224

407

Red de Salud Santiago de Chuco

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

100

40

140

Hospital de Apoyo César Vallejo Mendoza

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

93

33

126

408

Red de Salud Otuzco

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

144

80

224

Hospital Elpidio Berovides Pérez

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

105

63

168

409

Red de Salud Trujillo Este

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

1239

159

1398

410

Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas del Norte – IREN Norte.

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

231

287

518

411

Red de Salud Julcán

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

78

39

117

412

Red de Salud Virú

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

153

55

208

413

Red de Salud Ascope

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

233

44

277

414

Red de Salud Gran Chimú

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

85

53

138

TOTAL DE CARGOS

5376

1563

6939

ANEXO 2:

Unidad Ejecutora

Órgano

Previstos

Plazo Fijo

Total de cargos a nombrarse 2020

400

Gerencia Regional de Salud La Libertad

Órgano de Línea del Gobierno Regional La Libertad

3

3

Red de Servicios de Salud Pataz

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

1

1

401

Instituto Regional de Oftalmología Javier Servat Univazo

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

1

1

402

Salud Norte Ascope (Hospital Regional Docente Trujillo)

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

4

4

403

Salud Trujillo Sur Oeste - Hospital Belén de Trujillo

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

1

1

404

Hospital de Apoyo Chepén

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

1

1

405

Red De Salud Pacasmayo

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

3

3

405

Hospital de Apoyo “Tomás La Fora”

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

1

1

406

Red de Salud Sánchez Carrión

Órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Salud

5

5

1925464-1