Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la SBS
RESOLUCIÓN SBS Nº 00283-2021-SBS
Lima, 29 de enero de 2021
La Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones
VISTO:
El Informe Nº 002-2021-DOC, de fecha 27 de enero de 2021;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 00211-2021 de fecha 21 de enero de 2021, se aprobó el Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, así como modificaciones al Título II del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, Reglamento de Gobierno Corporativo y Gestión Integral de Riesgos, Reglamento de adquisición de la propiedad en el capital social de las empresas supervisadas y de los propietarios significativos y a la Circular Nº G-119-2004 – Normas para el Registro de Directores, Gerentes y Principales Funcionarios – REDIR.
Que, se requiere actualizar determinados procedimientos administrativos del TUPA para alinearse a los cambios normativos relacionados al procedimiento de licenciamiento;
Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le confiere el artículo 346º de la Ley Nº 26702 y al artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobar las modificaciones de su TUPA;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 367º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar en el TUPA de la SBS los siguientes procedimientos administrativos:
Nº |
Nombre del procedimiento |
1 |
Autorización para la constitución de empresas referidas en el artículo 16º de la Ley 26702: Empresas de Operaciones Múltiples, Empresas de Seguros, Bancos de Inversión, Empresas Especializadas, así como Empresas Emisoras de Dinero Electrónico en lo pertinente |
2 |
Autorización para la constitución de una AFP |
3 |
Autorización para la constitución de empresas subsidiarias de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros |
4 |
Autorización de Conversión de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros |
5 |
Autorización para el establecimiento de sucursales de empresas de los sistemas financiero y de seguros del exterior |
6 |
Autorización de representantes de empresas no establecidas en el país |
41 |
Autorización de Procesos de Reorganización Societaria para Empresas del Sistema Financiero y de Seguros |
43 |
Adquisición de participación directa o por conducto de terceros, a través de cualquier modalidad de adquisición, de un porcentaje mayor al 10% y, en cada oportunidad en que el porcentaje a adquirir determine que la participación acumulada, desde la última autorización se incremente en tramos equivalentes al 10% en el capital social de las empresas del sistema financiero, de seguros y privado de pensiones, de dinero electrónico y de las ETF, así como de los propietarios significativos de dichas empresas |
88 |
Autorización para la transformación de sucursales de Empresas de los Sistemas Financiero y de Seguros del exterior en operación en empresas con personería jurídica propia |
Los referidos procedimientos se regulan conforme a los textos que se adjuntan a la presente resolución y que se publican en el portal institucional de la SBS (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución.
Artículo Tercero.- La presente resolución entra en vigencia el 1 de febrero del 2021.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y AFP
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
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