Aprueban la Primera Modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I y la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 473-2015, solicitada por Empresa de Generación Eléctrica Santa Lorenza S.A.C.

Resolución Ministerial

Nº 018-2021-MINEM/DM

Lima, 26 de enero de 2021

VISTOS: El Expediente Nº 18359215 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I, cuyo titular es Empresa de Generación Eléctrica Santa Lorenza S.A.C. (en adelante, SANTA LORENZA); la solicitud de la primera modificación de dicha concesión y aprobación de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 473-2015; el Memorando Nº 00019-2021/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; los Informes Nº 001-2021-MINEM/DGE-DCE y Nº 048-2021-MINEM/DGE-DCE, elaborados por la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 039-2021-MINEM/OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 414-2015-MEM/DM, publicada el 23 de setiembre de 2015, se otorga a favor de SANTA LORENZA la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la futura Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I (en adelante, la CONCESIÓN), ubicada en los distritos de Ambo y San Rafael, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 473-2015 (en adelante, el CONTRATO), en el cual se establece que la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC) se cumplirá a más tardar el 31 de diciembre de 2018;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 357-2020-MINEM/DM, de fecha 7 de diciembre de 2020, se calificó como fuerza mayor los eventos invocados por SANTA LORENZA mediante carta SL-31-2019-GG con Registro Nº 2907359, de fecha 11 de marzo de 2019, referido a (i) la restricción del tránsito en la carretera vía Ambo – San Rafael por intensas lluvias, rehabilitación de la carretera y retrasos en la rehabilitación de la carretera; y, mediante carta SL-061-2019-GG con Registro Nº 2930545, de fecha 20 de mayo de 2019, referido a (ii) la problemática social con la Comunidad Campesina de Salapampa;

Que, mediante documento con Registro Nº 3100958, de fecha 9 de diciembre de 2020, SANTA LORENZA solicita la Primera Modificación de la CONCESIÓN, a fin de modificar las fechas de las actividades del Calendario de Ejecución de Obras y de esta manera prorrogar la POC hasta el 20 de agosto de 2023, sobre la base de los eventos de fuerza mayor calificados a través de la citada Resolución Ministerial Nº 357-2020-MINEM/DM;

Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la Primera Modificación de la CONCESIÓN y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en esta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Primera Modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I y la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 473-2015, solicitada por Empresa de Generación Eléctrica Santa Lorenza S.A.C., en lo referido a modificar las Cláusulas Séptima, Décimo Segunda y Décimo Sexta, el numeral 3 del Anexo 2 e insertar el Anexo 4, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 473-2015, aprobada en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 473-2015, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Empresa de Generación Eléctrica Santa Lorenza S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME GÁLVEZ DELGADO

Ministro de Energía y Minas

1924093-1