Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 033-2021-VIVIENDA

Lima, 28 de enero de 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, establece que tiene competencia en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial N° 330-2020-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 2 945 189 528,00 (DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento;

Que, el literal d) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, las transferencias financieras que realice, entre otros, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA S.A.; las mismas que, según numeral 16.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, de acuerdo al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1226, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar de manera anticipada, con cargo a su presupuesto institucional, la transferencia al Fondo MIVIVIENDA S.A. de los recursos para financiar, entre otros, el Bono Familiar Habitacional - BFH.

Que, mediante Memorándum N° 074-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, sustentada en el Informe Técnico N° 003-2021-DGPPVU-CBM y en el marco del Convenio N° 003-2021-VIVIENDA Convenio para la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación: Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio, solicita se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. hasta por la suma de S/ 768 420 800,00 (SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES), para la atención de las familias con el Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio;

Que, con Memorándum N° 119-2021-VIVIENDA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 037-2021-VIVIENDA/OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., hasta por la suma de S/ 768 420 800,00 (SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio; para lo cual, se ha suscrito el Convenio N° 003-2021-VIVIENDA;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 768 420 800,00 (SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1226, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable; y, la Directiva N° 0007-2020-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0034-2020-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 768 420 800,00 (SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830. Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006085. Selección Asignación y Supervisión del Bono Familiar Habitacional, en la Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme a lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y el Convenio N° 003-2021-VIVIENDA.

Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento

La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y el Convenio N° 003-2021-VIVIENDA.

Artículo 5.- Información

El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y el Convenio N° 003-2021-VIVIENDA.

Artículo 6.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI

Ministra de Vivienda,

Construcción y Saneamiento

1923727-1