Otorgan concesión eléctrica rural a favor de TRE PERU S.A.C. para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “proyecto BT8”, en diversos departamentos del Perú

Resolución Directoral

nº 148-2020-MINEM-DGE

Lima, 21 de diciembre de 2020

VISTO: El Expediente Nº 65393720, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la obra “Proyecto BT8” (en adelante el PROYECTO), presentada por la empresa TRE PERU S.A.C. y el Informe Nº 440-2020-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante cartas P004-C1-TRP-MEM-C-001-2020 y Nº P004-C1-TRP-MEM-C-004-2020 con Registros Nº 3055180 y Nº 3102564, de fechas 27 de julio y 11 de diciembre de 2020, respectivamente, TRE PERU S.A.C. solicita el otorgamiento de CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el proyecto BT8, ubicado en diversos distritos y provincias comprendidas en los veintitrés (23) departamentos del Perú, cuyas coordenadas que identifican a los 14,760 beneficiarios del servicio eléctrico figuran en el Expediente;

Que, TRE PERU S.A.C. ha presentado copias de las Resoluciones Directorales Nº 247, 268 y 270-2016-MEM-DGAAE, del 01, 28 y 29 de setiembre de 2016, respectivamente; Nº 427 y 428-2017-MEM-DGAAE, del 06 y 09 de octubre de 2017, respectivamente; Nº 165-2018-MEM-DGAAE, del 15 de febrero de 2018; Nº 154-2019-MINEM-DGAAE, del 29 de octubre de 2019; Nº 030 y 033-2020-MINEM-DGAAE, del 09 y 13 de marzo de 2020, respectivamente, mediante las cuales la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas aprueba la Declaración de Impacto Ambiental, así como las Resoluciones Directorales Nº 019, 053 y 082-2019-MEM-DGE, de fecha 25, 05 y 28 de enero, abril y mayo de 2019, respectivamente, mediante las cuales la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas otorga la Calificación como Sistema Eléctrico Rural, correspondiente al PROYECTO, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, respectivamente;

Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 440-2020-MINEM/DGE-DCE;

Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de TRE PERU S.A.C., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “proyecto BT8”, ubicado en diversos distritos y provincias de los veintitrés departamentos del Perú, que comprende catorce mil setecientos sesenta (14,760) beneficiarios, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las coordenadas donde se ubican referencialmente los sistemas fotovoltaicos domiciliarios o beneficiarios, los cuales obran en el Expediente, de conformidad con la cantidad indicada en el cuadro siguiente:

Item

Departamento

Nº Beneficiarios

1

Amazonas

361

2

Ancash

152

3

Apurímac

183

4

Arequipa

380

5

Ayacucho

326

6

Cajamarca

429

7

Cusco

2145

8

Huancavelica

355

9

Huánuco

2062

10

Ica

114

11

Junín

1085

12

La Libertad

408

13

Lambayeque

29

14

Lima

167

15

Loreto

1703

16

Madre de Dios

192

17

Moquegua

1

18

Pasco

233

19

Piura

209

20

Puno

2080

21

San Martín

945

22

Tacna

1

23

Ucayali

1200

TOTAL

14,760

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 146-2020 a suscribirse con TRE PERU S.A.C., el cual consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos.

Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 146-2020 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 146-2020, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a TRE PERU S.A.C. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ OPORTO VARGAS

Director General

Dirección General de Electricidad

1923296-1