Disponen la implementación en el Sistema Integrado Judicial - SIJ y en el SIJ Supremo la nueva funcionalidad del Registro del Sentido de las Decisiones Judiciales y dictan diversas disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000011-2021-CE-PJ

Lima, 25 de enero del 2021

VISTO:

El Oficio N° 000029-2021-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el artículo 139°, inciso 4), de la Constitución Política del Perú establece como principio y derecho de la función jurisdiccional la publicidad en los procesos, salvo disposición contraria de la ley; asimismo, el inciso 20) establece el derecho de toda persona de formular análisis y críticas de las resoluciones y sentencias judiciales, con las limitaciones de ley.

Segundo. Que, el artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece el principio de publicidad y el derecho de análisis y critica de las decisiones judiciales, señalando que toda actuación judicial es pública, con las excepciones que la Constitución y las leyes autorizan.

Tercero. Que, es atribución de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia dirigir la política interna de su distrito judicial; así como ejercer las demás atribuciones que le confieren las leyes y los reglamentos, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, tal como se establece en los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Cuarto. Que, el Decreto Legislativo N° 1342, promueve la transparencia y el derecho de acceso de la ciudadanía al contenido de las decisiones jurisdiccionales, en todos los niveles en el ámbito nacional; señalando en el artículo 2°, que la transparencia jurisdiccional es una política pública, en cuyo marco se crean las condiciones para desarrollar y mantener los medios tecnológicos que permitan la publicación periódica, actualizada, oportuna y asequible de las decisiones de cada autoridad jurisdiccional debidamente sistematizadas. Asimismo, el artículo 5° establece que las entidades que conforman el sistema de administración de justicia, entre las que se encuentra el Poder Judicial, desarrollan una plataforma de soporte tecnológico para la publicidad de las resoluciones judiciales con la finalidad de facilitar a la ciudadanía el acceso en forma sencilla a todas y cada una de las decisiones jurisdiccionales de los jueces o tribunales a nivel nacional.

Quinto. Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1342, establece que el Presidente de Sala Suprema o Superior del Poder Judicial dispone la publicación del sentido de la decisión el mismo día en que la causa ha sido deliberada y votada. La publicación se realiza a través del Relator o Secretario del órgano colegiado, según corresponda, en el portal institucional del Poder Judicial. En el caso de los Juzgados Especializados, Mixtos o de Paz Letrados, la publicación del sentido de la decisión judicial se realizará a través del Juez o Secretario.

Sexto. Que, la señora Presidenta del Poder Judicial en su mensaje de apertura del Año Judicial 2021 y de asunción del cargo para el periodo 2021-2022, anunció un conjunto de medidas que serán ejecutadas en un plazo de seis meses, las cuales buscan enfrentar de inmediato los problemas que afronta actualmente el servicio de impartición de justicia. Entre las medidas dictadas está la obligatoriedad de la publicación del sentido de la votación, cuya verificación de cumplimiento será realizada a partir del 29 de enero del año en curso. A partir de esta fecha, también, el sentido de la votación que sea emitida en un proceso judicial (Autos y Sentencias) en todos los órganos jurisdiccionales del país, será publicado en el día, bajo responsabilidad. Con este fin, entrará en funcionamiento el aplicativo “Módulo de Sentido de Decisiones Judiciales”, que será de acceso público, ello por la página web del Poder Judicial.

Sétimo. Que, al respecto, la Gerencia General del Poder Judicial, mediante Oficio N° 000029-2021-GG-PJ, eleva el Memorando N° 000965-2021-GI-GG de la Gerencia de Informática, que en virtud a lo expuesto en la presente resolución, ha desarrollado una nueva funcionalidad en el Sistema Integrado Judicial y en el SIJ Supremo, que permite registrar el sentido de las decisiones judiciales, el cual estará configurado para los perfiles establecidos en la ley de la materia como son Relator o Secretario para los órganos colegiados, y Juez o Secretario para los Juzgados.

Esta nueva funcionalidad de registro de decisiones judiciales constituye una herramienta informática que permite optimizar los recursos utilizados por los órganos jurisdiccionales al tramitar procesos judiciales, debido al predominio de la tecnología. El objetivo es prestar un servicio transparente, eficiente y confiable para los justiciables, utilizando tecnologías de información y comunicación en el registro de las decisiones jurisdiccionales.

Octavo. Que, como todo sistema o nueva funcionalidad a implementar requiere de una fase de capacitación, actividad que estará a cargo de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, con participación del personal jurisdiccional de las Cortes Superiores y tendrá carácter obligatorio, principalmente los perfiles Relator/a, Secretario/a de Sala, Magistrados/as y Secretarios/as de Juzgados, pudiendo participar también los señores jueces superiores, sus asistentes; así como los asistentes de juez/a.

Noveno. Que, la puesta en producción o entrada en vigencia de esta nueva funcionalidad de registro de las decisiones judiciales, está dada para el día 29 de enero de 2021; siendo ello así, la responsabilidad que ello se cumpla a nivel de la Corte Suprema de Justicia de la República, es de la Gerencia de Informática del Poder Judicial y en el caso de las Cortes Superiores de Justicia, de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y del Sub Sistema de Extinción de Dominio, administrativamente es del Gerente y/o Administrador; y, a nivel de la aplicación en sí es del Coordinador de Informática, quienes deben tener para dicha fecha ejecutado el pase respectivo en sus correspondientes bases de datos; así como debidamente actualizada la versión del Sistema Integrado Judicial Nacional y el despliegue respectivo.

Décimo. Que, de acuerdo a los considerandos precedentes y a efectos de asegurar el normal desenvolvimiento de los órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República, de las Cortes Superiores de Justicia del país, de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y del Sub Sistema de Extinción de Dominio, resulta procedente la implementación en el Sistema Integrado Judicial - SIJ y en el SIJ Supremo la nueva funcionalidad del Registro del Sentido de las Decisiones Judiciales; así como, en la Página Web del Poder Judicial del Módulo de Registro de Decisiones Judiciales.

Undécimo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 041-2021 de la segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de enero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo y Pareja Centeno, sin la intervención del señor Manuel Castillo Venegas por tener cita médica; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la implementación en el Sistema Integrado Judicial - SIJ y en el SIJ Supremo la nueva funcionalidad del Registro del Sentido de las Decisiones Judiciales; así como en la Página Web del Poder Judicial del “Módulo de Registro de Decisiones Judiciales” con efectividad a partir del 29 de enero de 2021, en la Corte Suprema de Justicia de la República, en las Cortes Superiores de Justicia del país, en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y en el Sub Sistema de Extinción de Dominio.

Artículo Segundo.- Disponer el uso obligatorio por parte de las diversas instancias jurisdiccionales que conforman el Poder Judicial, de la nueva funcionalidad del Registro del Sentido de las Decisiones Judiciales, implementadas en el Sistema Integrado Judicial - SIJ y en el SIJ Supremo; así como del “Módulo de Registro de Decisiones Judiciales”, instalado en la Página Web del Poder Judicial.

Artículo Tercero.- Disponer que los Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, de las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia del país, de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y del Sub Sistema de Extinción de Dominio dispondrán la publicación del sentido de la decisión el mismo día en que la causa ha sido deliberada y votada, publicación que será realizada a través del Relator/a o Secretario/a de Sala, según corresponda; en el caso de los Juzgados, el Magistrado/a será quien disponga la publicación del sentido de la decisión judicial la cual se realizará a través de él mismo o de su Secretario.

Artículo Cuarto.- Disponer la asistencia obligatoria por parte del personal jurisdiccional (Relator/a, Secretario/a de Sala, Magistrados/as, y Secretarios/as de Juzgados) involucrado en el registro de las decisiones judiciales a la Capacitación organizada por la Gerencia de Informática, pudiendo participar si así lo desean también los señores Jueces/zas Superiores, sus Asistentes; así como los Asistentes de Juez/a de Juzgado.

Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Informática del Poder Judicial, en el caso de la Corte Suprema de Justicia de la República y los Gerentes y/o Administradores; así como los Coordinadores de Informática, en el caso de las Cortes Superiores de Justicia, de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y del Sub Sistema de Extinción de Dominio; serán los responsables de verificar que la implementación de la nueva funcionalidad del Registro del Sentido de las Decisiones Judiciales, desarrollada en el Sistema Integrado Judicial - SIJ y en el SIJ Supremo; así como del “Módulo de Registro de Decisiones Judiciales”, publicada en la Página Web del Poder Judicial se de manera exitosa.

En el caso de la Corte Suprema, el despliegue del aplicativo estará a cargo de la Gerencia de Informática; sin embargo, en el caso de las Cortes Superiores de Justicia, de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y del Sub Sistema de Extinción de Dominio, el despliegue estará a cargo del personal informático respectivo.

Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Sub Sistema de Extinción de Dominio, Oficina de Imagen Institucional, Gerencia de Informática, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

1922876-3