Aprueban Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO) a ser suscrito por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 011-2021-MINCETUR

Lima, 25 de enero de 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa del Sector Turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas, se establecen disposiciones que tienen por objeto promover el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE) del Sector Turismo, a través de créditos para capital de trabajo, a fin de recuperar el flujo de sus operaciones habituales ante un escenario de drástica reducción de la actividad económica y una significativa disminución de la liquidez;

Que, a través del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 076-2020, se crea el Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO), que tiene por objeto garantizar los créditos para capital de trabajo de las MYPE que realizan actividades de establecimientos de hospedaje, transporte interprovincial terrestre de pasajeros, transporte turístico, agencias de viajes y turismo, restaurantes, actividades de esparcimiento, organización de congresos, convenciones y eventos, guiado turístico, y producción y comercialización de artesanías;

Que, asimismo, por Decreto Supremo N° 212-2020-EF se modifica el límite de garantía y los criterios de elegibilidad de los beneficiarios del FAE-TURISMO, regulados en el numeral 4.3 del artículo 4, el numeral 5.2 del artículo 5 y el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 076-2020;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 076-2020, mediante Resolución Ministerial N° 173-2020-MINCETUR se aprueba el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO), el cual es suscrito por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE), en el que se establecen los términos y condiciones para la administración del Patrimonio Fideicometido del FAE-TURISMO;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 135-2020 se modifica el Decreto de Urgencia N° 076-2020, respecto de los criterios de elegibilidad de los beneficiarios del FAE-TURISMO con la finalidad que puedan acceder a dicho fondo las MYPE que cuentan con créditos garantizados en el marco del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos (REACTIVA PERÚ), creado mediante el Decreto Legislativo Nº 1455; así como del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), creado mediante Decreto de Urgencia Nº 029-2020; y se establece que los recursos del FAE-TURISMO pueden ser utilizados para créditos otorgados hasta el 30 de junio de 2021;

Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto de Urgencia Nº 076-2020, mediante Resolución Ministerial N° 228-2020-EF/15 se aprueba el Reglamento Operativo del FAETURISMO, el cual ha sido modificado por la Resolución Ministerial N° 003-2021-EF/15, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 del citado Decreto de Urgencia N° 135-2020 que modifica el Decreto de Urgencia N° 076-2020;

Que, COFIDE mediante Carta N° 000003-2021-COFIDE/DAF de fecha 06 de enero del 2021 remite la propuesta de Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo, cuyo texto final ha sido coordinado y aprobado previamente con el MINCETUR;

Que, según el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en concordancia con el artículo 8 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; el Decreto de Urgencia N° 076-2020 y su modificatoria y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración

Aprobar la Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO) a ser suscrito por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A., a través del cual se establecen los términos y condiciones para la administración del Patrimonio Fideicometido del FAE-TURISMO.

Artículo 2.- Delegación de facultades

Delegar en el/la Viceministro/a de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la facultad de suscribir la Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución, así como todas las adendas e instrumentos que resulten necesarios para la operación del FAE-TURISMO.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob. pe/mincetur) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA CORNEJO MOHME

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

1922797-1