Modifican el “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”

RESOLUCIÓN SECRETARIAL

Nº 022-2021-MTC/04

Lima, 22 de enero de 2021

VISTO: El Informe Nº 001-2021-MTC/04.02 de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, y;

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Secretarial Nº 070-2020-MTC/04, se aprueba el “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”, con la finalidad de establecer medidas excepcionales y transitorias para la atención a los ciudadanos, así como para la gestión documental en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el periodo de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud por la existencia del COVID-19; el cual ha sido objeto de modificaciones mediante las Resoluciones Secretariales Nos. 079 y 103-2020-MTC/04, en el marco del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, entre otros;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, se declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y se establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social; derogándose, entre otros, el Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM, Decreto Supremo que modifica las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM y en el Decreto Supremo Nº 201-2020-PCM, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios de lunes a domingo, según el Nivel de Alerta por Departamento, conforme al siguiente detalle:

a. Nivel de alerta moderado:

Desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas

b. Nivel de alerta alto:

Desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas

c. Nivel de alerta muy alto:

Desde las 19:00 horas hasta las 04:00 horas

Que, mediante Resolución Directoral Nº 0016-2021-MTC/11, emitida por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, se suspende transitoriamente la Jornada Ordinaria de Trabajo, Horario y Tiempo de Refrigerio de los Servidores Civiles previstas en el literal b) del subnumeral 16.3 del artículo 16 del Reglamento Interno de Servidores Civiles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 0015-2020-MTC/11, y se aprueba el nuevo horario transitorio de trabajo de los servidores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones según el siguiente detalle:

a. Horario Transitorio 1

Hora de ingreso: 07:00 am

Hora de refrigerio: 12:00 a 12:45 pm

Hora de salida: 16:00 horas

b. Horario Transitorio 2

Hora de ingreso: 08:30 am

Hora de refrigerio: 13:00 a 13:45 pm

Hora de salida: 17:30 horas

Que, con Informe Nº 001-2021-MTC/04.02, la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental sustenta la modificación del Protocolo en el marco de lo señalado en el Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM y la Resolución Directoral Nº 0016-2021-MTC/11;

Que, en ese contexto, resulta necesario modificar el “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”, aprobado con Resolución Secretarial Nº 070-2020-MTC/04 y modificatorias;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el literal a) del numeral 10.1 del apartado X Atención de Consultas y Trámites en los Espacios de Atención al Público, del “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”, aprobado con Resolución Secretarial Nº 070-2020-MTC/04 y modificatorias, conforme al siguiente detalle:

“X. ATENCIÓN DE CONSULTAS Y TRÁMITES EN LOS ESPACIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO

10.1 Consideraciones generales

a) El horario de atención de los espacios de atención al público durante el periodo de emergencia sanitaria es de lunes a viernes de 08:30 a 17:30 horas.”

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Secretarial a las unidades de organización, programas, proyectos especiales, organismos públicos y empresas adscritas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVANA PATRICIA ELÍAS NARANJO

Secretaria General

1922299-1