FE DE ERRATAS

DECRETO DE URGENCIA

Nº 002-2021

Mediante Oficio Nº 000064-2021-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Urgencia Nº 002-2021, publicado en la edición del día 14 de enero de 2021.

DICE:

Artículo 3.- Medidas extraordinarias en materia de contratación de personal del Sector Salud

3.1. Autorízase a las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, de los Gobiernos Regionales, Direcciones Regionales de Salud, Gerencias Regionales de Salud, al Instituto Nacional de Salud y al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057 para prestar servicios asistenciales en los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención; en el Sistema de Atención Móvil de Urgencia – SAMU; en los Centros de Atención y Aislamiento Temporal y en los Centros de Aislamiento Temporal y Seguimiento; para la atención de la Emergencia Sanitaria causada por la COVID-19.

(…)”.

DEBE DECIR:

Artículo 3.- Medidas extraordinarias en materia de contratación de personal del Sector Salud

3.1. Autorízase a las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, de los Gobiernos Regionales, Direcciones Regionales de Salud, Gerencias Regionales de Salud, al Instituto Nacional de Salud y al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057 para prestar servicios asistenciales en los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención; en el Sistema de Atención Móvil de Urgencia – SAMU; en los Centros de Atención y Aislamiento Temporal; en los Centros de Aislamiento Temporal y Seguimiento; en el Instituto Nacional de Salud y en el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; para la atención de la Emergencia Sanitaria causada por la COVID-19.

(…)”.

1922282-1