Crean la Intervención Temporal “Hambre Cero”

Resolución Ministerial

Nº 013-2021-MIDIS

Lima, 19 de enero de 2021.

VISTOS: El Informe N° D000007-2021-MIDIS-DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Memorando N° D000007-2021-MIDIS-DGCGPS, emitido por la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales; los Informes N° D000022-2021-MIDIS-DGDAPS y D000023-2021-MIDIS-DGDAPS, emitidos por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Memorando N° D000032-2021-MIDIS-OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000022-2021-MIDIS-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, conforme al literal b) del artículo 4 de la citada Ley, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es competente en las materias de protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono;

Que, asimismo, el literal a) del artículo 6 de la citada Ley 29792, establece como su competencia exclusiva la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para crecer” (ENDIS), la cual tiene como objetivo establecer el marco general de la política de desarrollo e inclusión social para las intervenciones articuladas de las entidades de los tres niveles de gobierno vinculadas al sector, ordenándolas y orientándolas a los resultados prioritarios de desarrollo e inclusión social, reconociendo las competencias y procesos en marcha. Para que la ENDIS alcance su objetivo, se ha considerado las acciones en torno a cinco Ejes Estratégicos definidos según el enfoque de ciclo de vida: Nutrición Infantil, Desarrollo Infantil Temprano, Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia, Inclusión Económica y Protección del Adulto Mayor;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2016-MIDIS señala que la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”, aprobada mediante Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, constituye, para todos los efectos, la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del Coronavirus (COVID-19), el mismo que ha sido prorrogado mediante los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, 027-2020-SA y 031-2020-SA;

Que, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el año 2015, constituye un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia. En ese sentido, plantea 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (2015-2030), los cuales son una iniciativa impulsada por Naciones Unidas para dar continuidad a la agenda de desarrollo tras los Objetivos de Desarrollo del Milenio, con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan las esferas económica, social y ambiental. El Objetivo de Desarrollo Sostenible 2, Hambre Cero, busca, para el año 2030, poner fin al hambre y a todas las formas de malnutrición, asegurar el acceso a alimentación saludable, duplicar la productividad agrícola y los ingresos de los pequeños productores, y asegurar la sostenibilidad de los sistemas de producción de alimentos;

Que, el Acuerdo Nacional, mediante el “Compromiso Solidario con la Protección de la Vida “PERÚ HAMBRE 0”, asume la tarea de dar viabilidad al esfuerzo por derrotar el hambre en el contexto de la crisis por COVID-19; para ello, se propone propiciar y contribuir a la articulación de los tres niveles de gobierno y la sociedad civil, para: implementar intervenciones de fortificación de alimentos y suplementación nutricional en las poblaciones más vulnerables, establecer cadenas de distribución que permitan llegar a todos los que lo necesiten, promover la priorización de la compra de la producción agrícola y pecuaria nacional, especialmente la de agricultores familiares, e impulsar la producción nacional de los bienes requeridos;

Que, en ese sentido, es necesaria la creación de la Intervención Temporal “Hambre Cero” a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la finalidad de contribuir a la reducción de brechas de inseguridad alimentaria, las que se han incrementado en el país como resultado de la propagación del COVID-19; asimismo, corresponde determinar los lineamientos estratégicos y operativos para su implementación en el año 2021;

Con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Políticas y Estrategias, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación y Finalidad de la Intervención Temporal “Hambre Cero”

Créase la Intervención Temporal “Hambre Cero” con la finalidad de contribuir en la reducción de brechas de inseguridad alimentaria de manera focalizada, diferenciada y gradual, en beneficio de la población del ámbito urbano y rural en situación de vulnerabilidad como resultado de la propagación del COVID-19.

Dicha intervención temporal es liderada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en estrecha coordinación y articulación con los diferentes sectores competentes y niveles de gobierno durante el año 2021, en el marco de sus competencias.

Artículo 2.- Estructura y Criterios de Implementación de la Intervención Temporal “Hambre Cero”

La estructura de la Intervención Temporal “Hambre Cero” consta de tres componentes: (i) Desarrollo Productivo, (ii) Apoyo Alimentario; y, (iii) Articulación Territorial, cuya implementación se sustenta en la priorización de intervenciones con enfoque territorial según objetivos estratégicos, resultados esperados y criterios de focalización contenidos en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Financiamiento

La ejecución de la Intervención Temporal “Hambre Cero”, se financia con cargo a los recursos asignados en el presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVANA VARGAS WINSTANLEY

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

1921166-1