Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de Magdalena del Mar aprobado mediante Ordenanza N° 1017

ORDENANZA N° 2295

Lima, 12 enero de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;

Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; contemplando en su Artículo 4 que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Instituto Metropolitano de Planificación, planificar el desarrollo integral y el desarrollo urbano territorial en concordancia con los planes y políticas nacionales y sectoriales de desarrollo urbano, para lo cual coordinará con las Gerencias correspondientes;

Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zonificación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911-MML;

Que, mediante Ordenanza Nº 1017, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de mayo del 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los distritos de Breña, Jesús Maria, Magdalena del Mar (parcial), Lince y Pueblo Libre, que forman parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana;

Que, con expediente N° 167015-2019, de fecha 23 de mayo de 2019, la sociedad conyugal conformada por el señor Gustavo Cesar Araujo Almeyda identificado con DNI N° 07417414 y la señora Tula Pineda Abregú identificada con DNI N° 08619872, solicita Cambio de Zonificación Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), para el terreno de 536.20 m², ubicado con frente a la Calle Libertad Nº 1106 – 1108, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima;

Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas mediante Oficio N° 1139-2019-MML-GDU-SPHU, recepcionado en fecha 06 de agosto de 2019, solicitó a la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar realice la consulta vecinal, evalúe y emita la opinión técnica correspondiente dentro del plazo de 30 días hábiles; y que habiéndose vencido el plazo se entiende como opinión favorable, en virtud a lo establecido en el artículo 9 de la Ordenanza N°2086;

Que, mediante el Informe Nº 150-2020-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 11 de marzo de 2020, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, emite opinión favorable, el cual concluye que, el Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), ubicado con frente a Calle Libertad Nº 1106 – 1108, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, de propiedad de la sociedad conyugal conformada por el señor Gustavo Cesar Araujo Almeyda y la señora Tula Pineda Abregú, resulta Favorable, por cuanto, es consecuente con la tendencia y dinámica urbana del sector, lo cual permitirá complementar los usos residenciales, con usos comerciales y de servicios, sin intensificar el uso del suelo del eje urbano, debido a que la zonificación propuesta de Comercio Vecinal (CV) es compatible con la zonificación vigente de Residencial de Densidad Media (RDM). Asimismo, los usos mixtos en la zona, permitirá reducir grandes desplazamientos para acceder a equipamientos y servicios que se permiten en la zonificación propuesta como es en el presente caso. El cambio de zonificación propuesto a Comercio Vecinal (CV), deberá hacerse extensivo a los predios ubicados con frente al Jr. Junín en el tramo comprendido entre la Av. Antonio José de Sucre y la Av. Brasil, de acuerdo al artículo 11 de la Ordenanza N° 2086;

Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 092-2020-MML-CMDUVN, de fecha 22 de julio de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN

DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR APROBADO POR ORDENANZA N° 1017

Artículo 1.- Aprobar la Modificación del Plano de Zonificación del distrito de Magdalena del Mar, aprobado mediante Ordenanza N° 1017, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de mayo de 2007, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), para el inmueble de 536.20 m2, ubicado con frente a Calle Libertad Nº 1106 – 1108, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, solicitado por la la sociedad conyugal conformada por el señor Gustavo Cesar Araujo Almeyda y la señora Tula Pineda Abregú mediante expediente N° 167015-2019; haciendo extensivo el cambio de zonificación a CV, para los lotes con frente al Jr. Junín, comprendidos entre la Av. Antonio José de Sucre y la Av. Brasil, conforme al anexo N°1, que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonificación del distrito de Magdalena del Mar, la modificación aprobada en el artículo primero de la presente Ordenanza.

Artículo 3.- Notificar la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, a fin que se encargue de la respectiva notificación al administrado. 

Artículo 4.- Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1920343-8