Aprueban Cuadros de actividades para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal establecidas al 31 de diciembre de 2021

Resolución Directoral

Nº 0001-2021-EF/50.01

Lima, 14 de enero de 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29332 se crea el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal es una herramienta de incentivos presupuestarios a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas que promueve la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional, el cual tiene por objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y eficiencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el financiamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales; asimismo, señala que los objetivos específicos del citado Programa son: i) Mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados, en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, ii) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 397-2020-EF aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2021, los cuales constan de diecisiete (17) artículos y un (01) Anexo, así como los Anexos A, B y C, que forman parte integrante del citado decreto supremo;

Que, el Anexo A del Decreto Supremo Nº 397-2020-EF establece las “Metas del Programa de Incentivos que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre del año 2021”, el mismo que ha sido modificado mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 001-2021-EF, que modifica el Anexo A del Decreto Supremo Nº 397-2020-EF, que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2021, y dicta otras medidas, en lo correspondiente al GRUPO: Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales – provinciales Tipo “B”;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2021, aprobados mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 397-2020-EF, dispone que las municipalidades deben cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos asignados al Programa, las mismas que se encuentran señaladas en el Anexo A del referido Decreto Supremo, y cuyo plazo máximo de cumplimiento es hasta el 31 de diciembre de 2021;

Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 397-2020-EF, dispone que la evaluación de las metas establecidas al 31 de diciembre de 2021, señaladas en el Anexo A, se realiza considerando las actividades, los medios de verificación, las fechas límite y los puntajes establecidos en los “Cuadros de actividades” que son aprobados mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público, hasta el 15 de enero de 2021;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los Cuadros de actividades de las metas establecidas al 31 de diciembre de 2021, los mismos que contienen las especificaciones a seguir por las municipalidades y entidades responsables de metas para su cumplimiento y evaluación, respectivamente, en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y el Decreto Supremo N° 397-2020-EF, que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2021, y dictan otras medidas;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Objeto y alcance

1.1 Aprobar los Cuadros de actividades para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal establecidas al 31 de diciembre de 2021, correspondientes a las metas 1 al 7; las cuales se encuentran señaladas en el Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.

1.2 Los Cuadros de actividades son de aplicación para el cumplimiento y la evaluación de las metas señaladas en el Anexo A del Decreto Supremo N° 397-2020-EF, las mismas que fueron establecidas considerando la clasificación de municipalidades utilizada por el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal.

Artículo 2. Evaluación y resultados del cumplimiento de metas

La evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal establecidas al 31 de diciembre de 2021 se realiza considerando las especificaciones dispuestas en los Cuadros de actividades aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución. Los resultados de la evaluación concluyen con una calificación cuantitativa del nivel de cumplimiento de cada municipalidad a través de la determinación de un puntaje final obtenido a partir de la sumatoria de los puntajes correspondientes a las actividades cumplidas.

Artículo 3. Transferencia de recursos por el cumplimiento de metas

3.1 La transferencia de recursos por el cumplimiento de las metas establecidas al 31 de diciembre de 2021, en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, es proporcional al desempeño obtenido por las municipalidades a partir del puntaje mínimo especificado en los Cuadros de actividades correspondientes a cada una de las metas.

3.2 El monto correspondiente a cada municipalidad se determina considerando los resultados de la evaluación a la que hace referencia el artículo 2 de la presente Resolución Directoral.

Artículo 4. Publicación

Los Cuadros de actividades aprobados por el artículo 1 se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARMANDO CALDERÓN VALENZUELA

Director General

Dirección General de Presupuesto Público

1920047-1