Eliminan los requisitos Nº 2: “Fichas de Matrícula”, para los procedimientos: Nº 7.13 - Certificados de Estudios por semestre académico (a partir del año 1984) y Nº 7.14 - Certificados de Estudio por año académico (a partir del año 1984), aprobados en el TUPA 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Universidad Nacional
Mayor de San Marcos
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 017751-2020-R/UNMSM
Lima, 1 de diciembre del 2020
Visto el expediente digital, con registro de Mesa de Partes General Nº SGDFD- 20200000032 del Sistema de Gestión Documental con Firma Digital, sobre modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
CONSIDERANDO:
Que mediante Oficio Nº 000017-2020-SGDFD/UNMSM, el Gerente de Proyecto del Sistema de Gestión Documental solicita la eliminación del requisito: “Ficha de Matrícula”, respecto a los Certificados de Estudios por Semestre Académico (a partir del año 1984) y Certificados de Estudios por Año Académico (a partir del año 1984), por cuanto es información emitida por la propia universidad y no genera valor agregado al proceso de los trámites mencionados;
Que con Resolución Rectoral Nº 01545-R-08 de fecha 4 de abril de 2008, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
Que mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444: Ley del Procedimiento Administrativo General, estableciéndose los principios del procedimiento administrativo, entre ellos, el Principio de Simplicidad, el cual señala que “Los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir”;
Que con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se establece las normas que regulan la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);
Que los principales rubros en los cuales se dictan las medidas establecidas en el D.L. Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, son: ii) Prohibición de exigencias de información y de documentos a los administrados, entre otros;
Que mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprueba la Metodología de Simplificación Administrativa, la cual establece los criterios para la eliminación de procedimientos administrativos innecesarios o que no añaden valor;
Que el literal a) del artículo 239º del Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos se señala: “Los actos de administración interna en y entre las distintas unidades orgánicas de la universidad se orientan a la eficacia, eficiencia y efectividad de los servicios que brinda y al cumplimiento de los fines de la universidad establecidos en la Ley Universitaria, el Estatuto y normas específicas”;
Que en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, conforme a la normatividad vigente, se ha identificado como barrera burocrática la aplicación del requisito “Fichas de Matricula” para los procedimientos administrativos de Certificados de Estudios;
Que la Oficina General de Planificación con Oficio Nº 000109-2020-OGPL/UNMSM, la Oficina General de Asesoría Legal mediante Informe Virtual Nº 229-OGAL-R-2020 y el Vicerrectorado Académico de Pregrado con Proveído Nº 000722-2020-VRAP/UNMSM de fecha 20 de octubre de 2020, emiten opinión favorable conforme a las consideraciones expuestas y en aplicación a los Artículos 9º y 11º de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP;
Que cuenta con el Proveído Nº 001346-2020-R-D/UNMSM de fecha 26 de octubre de 2020, del Despacho Rectoral; y,
Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
1º Eliminar el requisito Nº 2: “Fichas de Matrícula”, para los siguientes procedimientos: Nº 7.13 - Certificados de Estudios por semestre académico (a partir del año 1984) y Nº 7.14 - Certificados de Estudio por año académico (a partir del año 1984), aprobados mediante Resolución Rectoral Nº 01545-R-08 de fecha 4 de abril de 2008, que aprobó el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
2º Encargar a la Secretaría General de la Universidad, la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Oficina General de Imagen Institucional su publicación en la Página Web de la Universidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ORESTES CACHAY BOZA
Rector
1919590-1