Conforman la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico”

Resolución Ministerial

Nº 010-2021-EF/10

Lima, 8 de enero del 2021

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 2 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41, este Ministerio tiene, entre otras, competencias en materias de carácter económico, financiero, fiscal, inversión pública y privada, presupuesto público, endeudamiento público, tributario, aduanero, arancelario; así como competencias para armonizar la actividad económica y financiera nacional orientadas a promover su competitividad, la mejora continua de la productividad y el funcionamiento eficiente de los mercados; y las demás que se le asignen por Ley;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2019-EF, se conforma el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas en el Ministerio de Economía y Finanzas y se establecen disposiciones para el funcionamiento de las Mesas Ejecutivas;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que las Mesas Ejecutivas facilitan la coordinación público – pública y público – privada con el objeto de impulsar y promover la mejora y el desarrollo de diversos sectores productivos o transversales a fin de mejorar la productividad del país, así como para mejorar el funcionamiento del Estado en áreas prioritarias, en concordancia con la Política Nacional de Competitividad y Productividad;

Que, asimismo, el numeral 2.3 del referido artículo 2 dispone que las Mesas Ejecutivas se conforman mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, conforme a lo establecido en el literal e) del numeral 3.2 del artículo 3 del aludido Decreto Supremo el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas ejerce la Secretaría Técnica de las Mesas Ejecutivas;

Que, según el Instituto Nacional de Estadística e Informática, en el año 2017, las actividades económicas que abastecieron en 91.5% al sector restaurantes y afines fueron la elaboración de alimentos manufacturados (41.1%); bebidas (26.1%); agricultura, silvicultura y pesca (16.4%) intermediación financiera (3.2%), y transporte y comunicaciones (1.9%), cifras que muestran el impacto del Sector Gastronómico en diferentes sectores;

Que, teniendo en cuenta que el sector gastronómico se ha convertido en un sector importante de crecimiento para la economía del país; por tener un efecto multiplicador relevante, debido al encadenamiento con otros sectores y a que contribuye con el crecimiento productivo y económico del país, siendo generador de empleos; es un sector cuya productividad y competitividad se considera necesario impulsar;

Que, en consecuencia, conforme a las coordinaciones efectuadas con el Ministerio de la Producción resulta necesario conformar la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico”, con la finalidad de articular esfuerzos y contribuir al desarrollo del Sector; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2019-EF, Conforman el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas y establecen disposiciones para el funcionamiento de Mesas Ejecutivas; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Conformar la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico”, que tiene como objeto identificar los problemas y cuellos de botella en el citado sector, así como coordinar, proponer soluciones, facilitar e impulsar las acciones que contribuyan a mejorar la productividad y competitividad, a fin de contribuir de forma innovadora y sostenible al crecimiento económico del sector.

Artículo 2.- Conformación

La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico” de naturaleza temporal, está conformada por el titular o un representante de:

a) El Ministerio de la Producción

b) El Ministerio de Economía y Finanzas

c) El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego

d) El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

e) El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

f) El Ministerio del Ambiente

g) El Ministerio de Salud

h) El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

i) La Comisión de Promoción del Perú para las Exportaciones y el Turismo - PROMPERÚ

j) La Asociación de Municipalidades del Perú

k) La Asociación Peruana de Hoteles, Restaurantes y Afines - AHORA

l) La Organización de la Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura

m) El Laboratorio de Aceleración del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

n) Hasta cuatro representantes de la gastronomía peruana, que serán acreditados por el Ministerio de la Producción

o) El colectivo civil Peruanos Unidos por la Cocina y la Alimentación – PUCA

p) Hasta cuatro representantes de la academia con carreras de gastronomía y/o centros de investigación, que serán acreditados por el Ministerio de la Producción.

Artículo 3.- Designación de los representantes

Las entidades públicas y privadas que conforman la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del sector Gastronómico” acreditan a sus representantes ante la Secretaría Técnica, en un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4.- Compromiso y participación

Los integrantes de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico” ejercen el cargo ad honorem y deben cumplir y contribuir de manera sostenible y responsable con la identificación de los problemas, dificultades y barreras, así como en la elaboración de las propuestas de solución que se requieran y su implementación, entre otros aspectos, con la finalidad de favorecer el desarrollo y la competitividad del Sector Gastronómico, en aras del interés público.

Artículo 5.- Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico” está a cargo del Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que se encarga de dirigir el funcionamiento y operación de la Mesa Ejecutiva.

Artículo 6.- Colaboración de profesionales

La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico” podrá contar con la colaboración de profesionales con experiencia o especialistas en temas de gestión e implementación de políticas públicas, que brindarán asesoramiento y apoyo, profesional y técnico, necesario para el funcionamiento, gestión e implementación de los aspectos que se requieran, así como para el seguimiento de las acciones que correspondan y las demás materias que se aborden en la citada Mesa Ejecutiva.

Artículo 7.- Participación de invitados

La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico” puede invitar a participar de las reuniones o sesiones de la misma, a otros representantes o especialistas de entidades del sector público o privado, cuando considere conveniente para abordar temas concretos o específicos.

Artículo 8.- Financiamiento

Los gastos que demande la participación de los integrantes de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico”, en cumplimiento de la presente norma y sus respectivas funciones se financian con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades e instituciones a los que representan, no irrogando recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 9.- Instalación

La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Gastronómico” se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 10.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDO MENDOZA BELLIDO

Ministro de Economía y Finanzas

1918568-1