Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 000293/MDSA, modificada mediante Ordenanza N° 000296/MDSA sobre beneficios tributarios y administrativos denominado Amnistía Total Tributaria 2020

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 000015-2020/MDSA

Santa Anita, 30 de diciembre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA

VISTO: El Informe Nº 0220-2020-SGRCRT/GSAT/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el Informe Nº 53-2020-GSAT/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, el Informe Nº 460-2020-GAJ-MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 847-2020-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 000293/MDSA aprobada el 31 de octubre de 2020 y publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 07 de noviembre de 2020, se aprobó los beneficios tributarios y administrativos denominado Amnistía Total Tributaria 2020, modificada mediante Ordenanza Nº 000296/MDSA aprobada el 26 de noviembre de 2020 con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020;

Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 000293/MDSA, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la citada Ordenanza, si así lo amerita;

Que, con Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y Decreto Supremo Nº 046-2020-PCM ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM y precisado o modificado por los Decretos Supremos Nº 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, Nº 053-2020-PCM, Nº 057-2020-PCM, Nº 058-2020-PCM, Nº 061-2020-PCM, Nº 063-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 068-2020-PCM, Nº 072-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM y Nº 094-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;

Que, el Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 26 de junio de 2020, establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional, el 28 de agosto de 2020, mediante Decreto Supremo 027-2020-SA el Gobierno prorroga por 90 días la emergencia sanitaria, los efectos de esta Pandemia Nacional, ha traído como consecuencia la recesión, desempleo y pobreza en forma generalizada en la población con gran impacto en los vecinos de Santa Anita, razón por la cual es necesario prorrogar los efectos de la Ordenanza Nº 000293/MDSA hasta el 30 de enero de 2021;

Que, según los Informes Nº 0220-2020-SGRCRT/GSAT/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria y el Informe Nº 053-2020 GSAT/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, solicitan que la Ordenanza Nº 000293/MDSA modificada mediante Ordenanza Nº 000296/MDSA con vigencia al 31 de diciembre de 2020, sea prorrogada hasta el 30 de enero de 2021;

Que, con Informe Nº 406-2020-GAJ-MDSA la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable para la emisión del proyecto de Decreto de Alcaldía, cuyo objeto es la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 000293/MDSA, modificada mediante Ordenanza Nº 000296/MDSA que aprueba la modificación de la Ordenanza Nº 000293/MDSA sobre beneficios tributarios y administrativos denominado Amnistía Total Tributaria 2020, hasta el 30 de enero de 2021;

Que, mediante Memorándum Nº 847-2020-MDSA/GM la Gerencia Municipal remite los documentos para la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de enero de 2021 la vigencia de la Ordenanza Nº 000293/MDSA, modificada mediante Ordenanza Nº 000296/MDSA sobre beneficios tributarios y administrativos denominado Amnistía Total Tributaria 2020, hasta el 30 de enero de 2021.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y a la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el diario oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JOSE LUIS NOLE PALOMINO

Alcalde

1917438-1