Modifican el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial para la recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca del río Rímac

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0001-2021-MIDAGRI

Lima, 5 de enero de 2021

VISTO:

El Oficio Nº 212-2020-ANA-J/OAJ, del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua, sobre modificación del Reglamento Interno de la “Comisión Multisectorial para la recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca del río Rímac”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0368-2013-MINAGRI; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2012-AG, se creó la Comisión Multisectorial para la recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca del río Rímac, de naturaleza permanente - la Comisión Multisectorial, cuyo objeto es coordinar, establecer, determinar, efectuar las acciones de seguimiento, promover las inversiones necesarias y la emisión de los informes técnicos, para la recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca del río Rímac, adscrita al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; cuya Presidencia y Secretaría Técnica son ejercidas por la Autoridad Nacional del Agua;

Que, conforme lo dispone el artículo 6 del citado Decreto Supremo, la Comisión Multisectorial cuenta con un Reglamento Interno, el mismo que ha sido aprobado por Resolución Ministerial Nº 0368-2013-MINAGRI;

Que, en la 47º Sesión Ordinaria, la Comisión Multisectorial acordó modificar el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento Interno, a fin que la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial sea ejercida por la Autoridad Nacional del Agua, a través del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, por lo que es necesario modificar el citado numeral;

Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Modificar el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial para la recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca del río Rímac, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0368-2013-MINAGRI, el mismo que queda redactado con el texto siguiente:

“Artículo 9.- Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial

9.1 La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial es ejercida por la Autoridad Nacional del Agua, a través del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín”.

Artículo 2. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en los Portales Institucionales del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) y de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FEDERICO TENORIO CALDERÓN

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

1917390-1