Otorgan concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica en el departamento de Junín a favor de Compañía Minera Argentum S.A.

Resolución Ministerial

Nº 432-2020-MINEM-DM

Lima, 30 de diciembre de 2020

VISTOS: El Expediente Nº 14392620, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 50 kV E-94 (de la L.T. 50 kV C.H. Pachachaca – S.E. Morococha) – S.E. Morococha Concentradora, presentada por COMPAÑÍA MINERA ARGENTUM S.A.; el Memorando Nº 00514-2020/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; los Informes Nº 316-2020-MINEM/DGE-DCE, Nº 423-2020-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 0929-2020-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con registro Nº 3047762 de fecha 1 de julio de 2020, COMPAÑÍA MINERA ARGENTUM S.A. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 50 kV E-94 (de la L.T. 50 kV C.H. Pachachaca – S.E. Morococha) – S.E. Morococha Concentradora, ubicada en el distrito de Morococha, provincia de Yauli y departamento de Junín;

Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 50 kV E-94 (de la L.T. 50 kV C.H. Pachachaca – S.E. Morococha) – S.E. Morococha Concentradora, presentada por COMPAÑÍA MINERA ARGENTUM S.A.;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar a favor de COMPAÑÍA MINERA ARGENTUM S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 50 kV E-94 (de la L.T. 50 kV C.H. Pachachaca – S.E. Morococha) – S.E. Morococha Concentradora, ubicada en el distrito de Morococha, provincia de Yauli y departamento de Junín, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/Llegada de la

Línea de Transmisión

Tensión

(kV)

Nº de

Ternas

Longitud

(km)

Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)

E-94 (de la L.T. 50 kV C.H. Pachachaca – S.E. Morococha) – S.E. Morococha Concentradora

50

01

3,14

16

Artículo 3º.- Aprobar el texto del Contrato de Concesión Nº 554-2020 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y COMPAÑÍA MINERA ARGENTUM S.A. el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos.

Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión Nº 554-2020 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5º.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión Nº 554-2020, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de COMPAÑÍA MINERA ARGENTUM S.A. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME GÁLVEZ DELGADO

Ministro de Energía y Minas

1916680-1