Aprueban cesión de posición contractual de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Rubí - S.E. Montalvo, que efectúa Enel Green Power Perú S.A.C. a favor de ATN S.A.

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 008-2020-MINEM/VME

Lima, 29 de diciembre de 2020

VISTOS: El Expediente Nº 14373816, sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Rubí – S.E. Montalvo; la solicitud de aprobación de cesión de posición contractual del Contrato de Concesión N° 503-2017 presentada por Enel Green Power Perú S.A.C. a favor de ATN S.A.; los Informes N° 391-2020-MINEM/DGE-DCE y N° 467-2020-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; y, el Informe N° 927-2020-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 258-2017-MEM/DM publicada el 17 de junio de 2017, se otorga a favor de Enel Green Power Perú S.A.C. (en adelante, ENEL) la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Rubí – S.E. Montalvo, ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, aprobándose el Contrato de Concesión N° 503-2017;

Que, mediante documento con Registro N° 2998507 de fecha 27 de noviembre de 2019, ENEL solicita la aprobación del cambio de titular de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica para la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Rubí – S.E. Montalvo, a favor de ATN S.A. (en adelante, ATN);

Que, como sustento de la solicitud de aprobación de cesión de posición contractual, ENEL presenta el “Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesión” (en adelante, CONTRATO DE CESIÓN), suscrito el 14 de noviembre de 2019 entre ENEL y ATN, mediante el cual ENEL cede a favor de ATN su posición contractual en el Contrato de Concesión N° 503-2017 y la titularidad de la servidumbre correspondiente, según se encuentra establecido en el numeral 2.1 de la Cláusula Segunda del CONTRATO DE CESIÓN;

Que, el numeral 6.1.8 de la Cláusula Sexta del Contrato de Concesión N° 503-2017, establece que el Concesionario tiene derecho a ceder su posición contractual y transferir la concesión otorgada;

Que, la Cláusula Tercera del CONTRATO DE CESIÓN establece que la cesión de posición contractual se hará efectiva cuando sea aprobada por parte de la autoridad gubernamental competente;

Que, la cesión de posición contractual se encuentra regulada en los artículos 1435 y siguientes del Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295;

Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas mediante el Informe de Vistos, ha evaluado la solicitud de aprobación de cesión de posición contractual presentada por ENEL, recomendando aprobarla y, en consecuencia, tener como titular de la citada concesión definitiva a ATN, quien deberá inscribir el CONTRATO DE CESIÓN, que motiva la expedición de la presente Resolución Ministerial, en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 084-2019-MEM/DM de fecha 21 de marzo de 2019, se delegó en el Viceministro/Viceministra de Electricidad la facultad para aprobar las cesiones de posición contractual;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 295, Código Civil; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; y, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la cesión de posición contractual de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Rubí – S.E. Montalvo, que efectúa Enel Green Power Perú S.A.C. a favor de ATN S.A., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Viceministerial.

Artículo 2.- Tener como titular de la concesión definitiva mencionada en el artículo precedente, así como de la servidumbre que se imponga a su favor, a ATN S.A., quien asumirá todos los derechos y obligaciones que constan en el Contrato de Concesión N° 503-2017 y los que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, demás normas legales y técnicas aplicables.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial, por una sola vez y por cuenta de ATN S.A., dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Artículo 4.- Disponer se remita copia de los actuados a la Secretaría Técnica encargada de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, a fin que en uso de sus facultades implemente los actos para el deslinde de responsabilidades por las omisiones o retardo en la tramitación de la solicitud de aprobación de cesión de posición contractual presentada por Enel Green Power Perú S.A.C.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL JUAN REVOLO ACEVEDO

Viceministro de Electricidad

1916548-1