Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa, destinada a financiar la ejecución de la “Habilitación Urbana Integral y Construcción de Viviendas Unifamiliares de Interés Social - Una Sola Fuerza”, en el distrito de Veintiséis de Octubre - Piura

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 336-2020-VIVIENDA

Lima, 28 de diciembre de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, conforme a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 013-2017, Decreto de Urgencia que aprueba medidas extraordinarias para la ejecución de “Proyectos de Vivienda de Interés Social” destinados a la reubicación de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, excepcionalmente, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento promueve, formula, ejecuta y supervisa “Proyectos de Vivienda de Interés Social”, los cuales comprenden la ejecución de obras de habilitación urbana y obras de edificación de viviendas y se autoriza al Ministerio de Defensa a través del Ejército del Perú, a realizar y ejecutar actividades, obras y proyectos en apoyo al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el desarrollo de los “Proyectos de Vivienda de Interés Social”, en el marco de la implementación del Plan de la Reconstrucción al que se refiere la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; asimismo, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar transferencias financieras hasta por la suma de S/ 17 000 000,00 (DIECISIETE MILLONES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Defensa, previa suscripción de convenios, para financiar acciones vinculadas al desarrollo de los “Proyectos de Vivienda de Interés Social”;

Que, con fecha 27 de diciembre de 2017, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ejército del Perú suscribieron el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional N° 937-2017-VIVIENDA, que tiene por objeto la ejecución de la “Habilitación Urbana Integral y Construcción de Viviendas Unifamiliares de Interés Social - Una Sola Fuerza”, en el distrito de Veintiséis de Octubre - Piura - Piura, para lo cual, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se compromete a realizar la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 16 121 149,00 (DIECISÉIS MILLONES CIENTO VEINTIÚN MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES);

Que, mediante Resolución Ministerial N° 490-2017-VIVIENDA se autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 16 121 149,00 (DIECISÉIS MILLONES CIENTO VEINTIÚN MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, destinada a financiar la ejecución de la “Habilitación Urbana Integral y Construcción de Viviendas Unifamiliares de Interés Social - Una Sola Fuerza”, en el distrito de Veintiséis de Octubre - Piura;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 114-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica a través de la inversión pública, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 y que dicta otras medidas, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a aprobar transferencias financieras a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a su presupuesto institucional correspondiente a los recursos que le hubieran sido transferidos por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC) para este fin, con cargo al Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (FONDES), creado mediante el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, hasta por la suma de S/ 3 800 000,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), para financiar las acciones vinculadas al desarrollo del Proyecto de Vivienda de Interés Social (PVIS): “Habilitación Urbana Integral y Construcción de Viviendas Unifamiliares de Interés Social - Una Sola Fuerza”, que se desarrollan en el marco del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional N° 937-2017-VIVIENDA; disponiendo que, dichas transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del Titular de la entidad, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, por Decreto Supremo N° 359-2020-EF se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 3 171 791,00 (TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y de dos (02) Gobiernos Locales, para financiar trescientos setenta y nueve (379) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (FONDES); de los cuales, según el Anexo N° 1 “Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y de dos (02) Gobiernos Locales”, que forma parte integrante de la citada norma, corresponde al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, la suma de S/ 880 563,00 (OCHOCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) para financiar las acciones vinculadas a la “Creación de los servicios de agua potable y alcantarillado de la habilitación urbana para viviendas unifamiliares de interés social en el sector Victoria del Valle Medio Piura, distrito de Veintiséis de Octubre - provincia de Piura - departamento de Piura”; que forma parte de la “Habilitación Urbana Integral y Construcción de Viviendas Unifamiliares de Interés Social - Una Sola Fuerza”;

Que, mediante Informe N° 066-2020-VIVIENDA/VMVU/PGSU, el Programa Generación de Suelo Urbano, sustentado en el Informe Técnico Legal N° 036-2020/VIVIENDA/VMVU/PGSU-CG, solicita gestionar la Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa, hasta por la suma de
S/ 880 563,00 (OCHOCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para financiar las acciones vinculadas a la “Creación de los servicios de agua potable y alcantarillado de la habilitación urbana para viviendas unifamiliares de interés social en el sector Victoria del Valle Medio Piura, distrito de Veintiséis de Octubre - provincia de Piura - departamento de Piura”; que forma parte de la “Habilitación Urbana Integral y Construcción de Viviendas Unifamiliares de Interés Social - Una Sola Fuerza”;

Que, con Memorándum N° 1759-2020-VIVIENDA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hace suyo el Informe N° 543-2020-VIVIENDA/OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 880 563,00 (OCHOCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Ministerio de Defensa, para financiar las acciones vinculadas a la “Creación de los servicios de agua potable y alcantarillado de la habilitación urbana para viviendas unifamiliares de interés social en el sector Victoria del Valle Medio Piura, distrito de Veintiséis de Octubre - provincia de Piura - departamento de Piura”; que forma parte de la “Habilitación Urbana Integral y Construcción de Viviendas Unifamiliares de Interés Social - Una Sola Fuerza”; para lo cual, se ha suscrito la Adenda N° 01 al Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional N° 937-2017-VIVIENDA;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, a favor del Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 880 563,00 (OCHOCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto de Urgencia N° 013-2017, Decreto de Urgencia que aprueba medidas extraordinarias para la ejecución de “Proyectos de Vivienda de Interés Social” destinados a la reubicación de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017; el Decreto de Urgencia N° 114-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica a través de la inversión pública, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 y que dicta otras medidas; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01;

SE RESUEVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 880 563,00 (OCHOCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Ministerio de Defensa, destinada a financiar la ejecución de la “Habilitación Urbana Integral y Construcción de Viviendas Unifamiliares de Interés Social - Una Sola Fuerza”, en el distrito de Veintiséis de Octubre - Piura.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Producto 3.999999: Sin Producto, Actividad 5.001253: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, en la Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento

El Programa Generación de Suelo Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se transfieren los recursos, conforme a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 114-2020, el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional N° 937-2017-VIVIENDA y su Adenda N° 01.

Artículo 5.- Información

El Ministerio de Defensa informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, conforme a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 114-2020, el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional N° 937-2017-VIVIENDA y su Adenda N° 01.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI

Ministra de Vivienda,

Construcción y Saneamiento

1915563-1