Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, así como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Albania y ante la República de Bulgaria

resolución suprema

n° 151-2020-re

Lima, 14 de diciembre de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 066-2017-RE, de 28 de febrero de 2017, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Fernando Augusto Sandoval Dávila;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0426-2017-RE, se fijó el 15 de julio de 2017, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica;

Que, mediante Resolución Suprema N° 231-2017-RE, de 9 de octubre de 2017, se nombró al referido funcionario diplomático para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Albania, con residencia en Atenas, República Helénica;

Que, mediante Resolución Suprema N° 270-2017-RE, de 17 de noviembre de 2017, se nombró al citado funcionario diplomático para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Bulgaria, con residencia en Atenas, República Helénica; y,

De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Fernando Augusto Sandoval Dávila, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica.

Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Fernando Augusto Sandoval Dávila, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Albania y ante la República de Bulgaria, con residencia en Atenas, República Helénica.

Artículo 3.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 5.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.

Artículo 6.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

Elizabeth Astete Rodriguez

Ministra de Relaciones Exteriores

1911904-8