Disponen la publicación del proyecto de Ordenanza que promueve la disminución progresiva de plástico de un solo uso y otros envases descartables en la provincia de Lima, en el Portal Institucional de la Municipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 313

Lima, 6 de noviembre de 2020

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

VISTO:

El Memorando N° 435-2020-MML/GSCGA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, la Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente, señala que toda persona tiene derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de la políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. Así, el numeral 8.2 de la referida Ley, señala que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí;

Que, el numeral 11 del artículo 161 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2208, establece como funciones y atribuciones de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, entre otras, la de formular, proponer e implementar ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, contratos, convenios y otras normas de aplicación institucional metropolitana;

Que, la propuesta normativa tiene por objeto promover la disminución progresiva del plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables de poliestireno expandido para alimentos y bebidas de consumo humano, en la provincia de Lima, en el marco de la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes y envases descartables y su Reglamento;

Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulan asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de la publicación del proyecto al que refiere la norma deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el Portal de Transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de diez (10) días útiles;

Estando a lo expuesto, contando con la visación de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2208;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Ordenanza que promueve la disminución progresiva de plástico de un solo uso y otros envases descartables en la provincia de Lima, en el Portal Institucional, el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Establecer que la recepción de los aportes, comentarios y/o sugerencias se realizará de acuerdo con los mecanismos de participación siguientes:

2.1 Aportes por escrito: Los interesados podrán remitir sus aportes a la sede central de la institución ubicada en Jr. Conde de Superunda N° 169 - 4to. Piso, Cercado de Lima.

2.2 Aportes en línea: Los interesados podrán remitir sus aportes al siguiente correo electrónico: Smia@munlima.gob.pe 

La recepción de los aportes mediante los mecanismos señalados en los numerales 2.1 y 2.2 se efectuará por un plazo de diez (10) días hábiles computados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Disponer que la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación publique la presente Resolución de Alcaldía y el proyecto de Ordenanza en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1900947-2