Modifican la Ordenanza Nº 001-2019-MDSA que aprobó el Reglamento Interno de Concejo Municipal del Distrito de San Antonio de Huarochirí

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 013-2020-MDSA

Antonio, 25 de mayo del 2020

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN

ANTONIO DE HUAROCHIRI:

VISTO:

La Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de mayo del 2020, el Informe Nº 010-2020-SG-MDSA emitido por la Secretaria General, el Memorándum Nº 134-2020-GM-MDSA emitido por Gerencia Municipal, Informe Nº 058-2020-GAJ-MDSA emitido por Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional” precisa que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades “La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico (…)”;

Que, con Ordenanza Nº 001-2019-MDSA de fecha 22 de enero del 2019 se aprobó el Reglamento Interno de Concejo Municipal del distrito de San Antonio de Huarochirí;

Que, mediante Informe Nº 010-2020-SG-MDSA de fecha 22 de mayo del 2020 la Secretaria General presenta la propuesta de ordenanza que Modifica el artículo 18.- “Clases de sesiones” de la Ordenanza Nº 001-2019-MDSA que aprobó el Reglamento Interno de Concejo Municipal del distrito de San Antonio de Huarochirí, para asegurar el funcionamiento del concejo municipal, en el periodo de estado de emergencia dictado por el poder ejecutivo;

Que, mediante Informe Nº58-2020-GAJ-MDSA de fecha 22 de Mayo de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, expresa su conformidad a la Modificación de Ordenanza Nº 001-2019-MDSA que aprobó el Reglamento Interno de Concejo Municipal del Distrito de San Antonio de Huarochirí;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”;

Que, de acuerdo al numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de la Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;

De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente, y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó por Unanimidad, lo siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 001-2019-MDSA QUE APROBO EL REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE HUAROCHIRI

Artículo 1º.- Modificar el artículo 18º del Reglamento Interno del Concejo Municipal, aprobado con Ordenanza Nº 001-2019-MDSA, incorporándose al citado artículo, según el texto siguiente:

“Sesiones Ordinarias, Extraordinarias y Solemnes en forma virtual o remota, utilizando las herramientas digitales y tecnológicas que sean necesarias, las mismas que podrán ser en lo sucesivo de manera presencial o virtual, todo ello en atención al estado de emergencia que vive nuestro país.

Artículo 2º.- Encargar a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, implementar los mecanismos tecnológicos necesarios para el desarrollo de las sesiones virtuales y su publicación en el portal web institucional de la municipalidad.

DISPOSICIONES

FINALES Y COMPLEMENTARIAS

Primera.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para la aplicación debida de la presente Ordenanza.

Segunda.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Antonio www.munisanantoniohri.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase

MARISOL ORDÓÑEZ GUTIERREZ

Alcaldesa

1898946-1