Aprueban “Directiva para la atención de denuncias presentadas ante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 218-2020-MINCETUR

Lima, 29 de octubre de 2020

Vistos, el Informe Nº 0011-2020-MINCETUR/SG/OGPPD/OR de la Oficina de Racionalización y el Memorándum Nº 779-2020-MINCETUR/SG/OGPPD emitidos por la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe Nº 0038-2020-MINCETUR/SG/AJ-MIC y el Memorándum Nº 941-2020-MINCETUR/SG/AJ emitidos por la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, esta Entidad es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a ley;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe; tiene por finalidad fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2020-JUS, dispone que las entidades que se encuentran bajo su ámbito de aplicación deben emitir las directivas y protocolos necesarios para la implementación del citado Decreto Legislativo y su Reglamento;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1327, el ámbito de aplicación de dicha norma se extiende a todas las entidades descritas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, el cual contempla a los Ministerios;

Que, en el marco de las citadas normas, mediante Resolución Ministerial Nº 270-2018-MINCETUR se aprueba la Directiva Nº 003-2018-MINCETUR/DM, “Directiva para la atención de denuncias presentadas ante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”, la cual de acuerdo a los documentos de vistos es pertinente actualizar en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2020-JUS;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS; la Ley Nº 27790 y sus modificatorias, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 001-2020-MINCETUR/DM “Directiva para la atención de denuncias presentadas ante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo” la cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 003-2018-MINCETUR/DM aprobada por Resolución Ministerial Nº 270-2018-MINCETUR.

Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la difusión de la “Directiva para la atención de denuncias presentadas ante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo” aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROCÍO BARRIOS ALVARADO

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

1898581-1