Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 436-MVES, que establece Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 011-2020-ALC/MVES

Villa El Salvador, 26 de octubre del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

VILLA EL SALVADOR

VISTO: El Memorando Nº 1154-2020-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 415-2020-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 109-2020-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 436-MVES que establece beneficio solidario en materia tributaria y no tributaria a favor de los Contribuyentes del Distrito de Villa el Salvador, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 436-MVES, se establece diversas medidas de naturaleza tributaria y no tributaria en el distrito de Villa el Salvador a fin de mitigar en los vecinos los efectos del impacto económico desencadenados a consecuencia de las disposiciones de prevención dispuestas por el Estado de Emergencia Nacional en la lucha contra el COVID-19; estableciéndose que tiene vigencia hasta el 30 de octubre del 2020; precisándose en su Primera Disposición Complementaria Transitoria y Final que se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias que sean necesarias para el debido cumplimiento de la norma, así como para prorrogar la vigencia de la misma;

Que, con Informe Nº 109-2020-GRAT/MVES, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, informa que uno de los propósitos de la Administración Municipal es la de incrementar los ingresos de recaudación para el presente año, como también, que es necesario lograr la reducción del índice de morosidad y, ante la voluntad de pago de los vecinos del distrito de Villa El Salvador, recomienda seguir otorgando facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias, por lo que resulta necesario prorrogar la vigencia de los beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 436-MVES, hasta el 30 de noviembre del presente año;

Que, con Informe Nº 415-2020-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración lo señalado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, emite opinión precisando que resulta legalmente procedente la emisión de un Decreto de Alcaldía mediante el cual se prorrogue hasta el 30 de noviembre del 2020, la vigencia de los beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 436-MVES, en virtud a la facultad otorgada al Alcalde con la Primera Disposición Complementaria Transitoria y Final de la citada Ordenanza;

Que, con Memorando Nº 1154-2020-GM/MVES, la Gerencia Municipal solicita se emita el Decreto de Alcaldía mediante el cual se prorrogue hasta el 30 de noviembre del 2020, la vigencia de los beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 436-MVES;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13º de la Ordenanza Nº 435-MVES, que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 DE NOVIEMBRE DE 2020, la vigencia de la Ordenanza Nº 436-MVES, que establece Beneficios para el Pago de Deudas Tributarios y No Tributarias, en el Distrito de Villa El Salvador.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, la Unidad de Tesorería y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación correspondiente en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe)

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

C. KEVIN YÑIGO PERALTA

Alcalde

1898064-1