Ley nº 31055

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD

PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL II-1

EN LA PROVINCIA DE CALCA

DE LA REGIÓN CUSCO

Artículo 1. Declaratoria de interés y necesidad pública

Declárase de interés y necesidad pública la construcción del Hospital Nivel II-1 de la provincia de Calca en la región Cusco.

Artículo 2. Rol del Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Cusco

El Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Cusco con cargo a sus respectivos presupuestos, planifican acciones con la finalidad de dar viabilidad y ejecutar el proyecto de inversión pública, que permita construir el Hospital Nivel II-1 de la provincia de Calca en la región Cusco.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticuatro días del mes de setiembre de dos mil veinte.

MANUEL MERINO DE LAMA

Presidente del Congreso de la República

GUILLERMO ALEJANDRO ALIAGA PAJARES

Segundo Vicepresidente del

Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veinte días del mes de octubre de dos mil veinte.

MANUEL MERINO DE LAMA

Presidente del Congreso de la República

LUIS VALDEZ FARÍAS

Primer Vicepresidente del

Congreso de la República

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