Aprueban el Documento Técnico: Orientaciones para incorporar la Pertinencia Cultural en la Consejería del Control de Crecimiento y Desarrollo para Pueblos Indígenas, Andinos, Amazónicos y Población Afroperuana

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 838-2020/MINSA

Lima, 12 de octubre del 2020

Visto, el Expediente N° 20-013489-001, que contiene el Oficio N° 367-2020-J-INS/OPE y las Notas Informativas N° 009-2020-CENSI/INS y N° 043-2019-CENSI/INS, del Instituto Nacional de Salud; y, el Informe N° 886-2020-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el artículo 123 de la referida Ley dispone que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional, y que, como organismo del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud;

Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es competente en la salud de las personas; asimismo, el artículo 4 del precitado Decreto Legislativo dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modificado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud;

Que, el literal a) del numeral 136.1 del artículo 136 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, señala que el Instituto Nacional de Salud es un Organismo Público adscrito al Ministerio de Salud;

Que, mediante el artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA, se dispone que el Centro Nacional de Salud Intercultural es el órgano de línea del Instituto Nacional de Salud, encargado de proponer políticas y normas en salud intercultural, así como promover el desarrollo de la investigación docencia, programas y servicios, transferencia tecnológica y la integración de la medicina tradicional, medicina alternativa y medicina complementaria con la medicina académica, para contribuir a mejorar el nivel de salud de la población;

Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos del visto, el Instituto Nacional de Salud, a través del Centro Nacional de Salud Intercultural, propone la aprobación del Documento Técnico: Orientaciones para incorporar la Pertinencia Cultural en la Consejería del Control de Crecimiento y Desarrollo para Pueblos Indígenas Andinos, Amazónicos y Población Afroperuana, cuya finalidad es contribuir a la incorporación de la pertinencia cultural en la consejería del control de crecimiento y desarrollo (CRED), en el marco del “Modelo de Cuidado Integral de Salud por Curso de Vida para la Persona, Familia y Comunidad”, de poblaciones indígenas andinas, amazónicas y población afroperuana; el mismo que cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

Con el visado del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado mediante los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Orientaciones para incorporar la Pertinencia Cultural en la Consejería del Control de Crecimiento y Desarrollo para Pueblos Indígenas, Andinos, Amazónicos y Población Afroperuana, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PILAR ELENA MAZZETTI SOLER

Ministra de Salud

1894905-1