Modifican la R.M. N° 233-2019-EF/10, en lo referido a conformación de miembros y a periodicidad de sesiones ordinarias de Grupo de Trabajo

Resolución Ministerial

Nº 297-2020-EF/10

Lima, 19 de octubre del 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 233-2019-EF/10 se crea el Grupo de Trabajo sectorial de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de elaborar e implementar la propuesta de Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, con la Resolución Ministerial N° 435-2019-EF/10 se modifica la conformación y la designación del Secretario Técnico del mencionado Grupo de Trabajo;

Que, se ha visto necesario modificar el numeral 1.1 del artículo 1 de la precitada Resolución Ministerial N° 233-2019-EF/10 referida a la conformación de los miembros que integran el citado Grupo de Trabajo, así como el numeral 3.2 del artículo 3 referido a la periodicidad de las sesiones ordinarias de dicho Grupo de Trabajo; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Modificación de la Resolución Ministerial N° 233-2019-EF/10

Modifícase el numeral 1.1 del artículo 1 y el numeral 3.2 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 233-2019-EF/10, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:

Artículo 1. Creación y Conformación

1.1 Créase el Grupo de Trabajo sectorial de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de elaborar e implementar la propuesta de Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual estará integrado por los siguientes miembros:

a) El/la Secretario (a) General del Ministerio de Economía y Finanzas, quien lo presidirá.

b) El/la Viceministro (a) de Hacienda.

c) El/la Viceministro (a) de Economía.

d) El/la Director (a) General de la Oficina General de Administración.

e) El/la Director (a) General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

f) El/la Director (a) General de la Oficina General de Tecnologías de la Información.

g) El/la Director (a) General de la Oficina General de Servicios al Usuario.

h) El/la Director (a) de la Oficina de Comunicaciones.

(…)”

Artículo 3. Instalación, sesiones y vigencia

3.2 El Grupo de Trabajo sesiona de manera ordinaria cada (03) tres meses, pudiendo sesionar de manera extraordinaria, según sean convocados por el/la Presidente del Grupo de Trabajo.”

Artículo 2. Publicación

La presente Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

1894823-1