Incorporan el Proyecto “Gestión, Social, Diseño y Ejecución de Proyectos de Infraestructura Hidráulica, Construcción, Implementación y Explotación de las Concesiones Mineras integrantes del Yacimiento TG-3 del Proyecto El Algarrobo” al Proceso de Promoción de la Inversión Privada y aprueban modalidad de promoción

CONSEJO DIRECTIVO

Sesión N° 100 del 12 de octubre de 2020

Acuerdo PROINVERSIÓN N° 100-2-2020-CD

Visto el Resumen Ejecutivo Nº 07-2020/DEP.13, el Informe Técnico Nº 07-2020/DEP.13, el Informe Financiero Nº 04-2020/DEP.13, el Informe Legal Nº 7-2020/DEP.13, todos del 15 de junio de 2020, el Acuerdo del Comité Pro Minería y Energía Nº 28-1-2020- IP El Algarrobo del 19 de junio de 2020, la Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 16-2020/DEP.13 del 22 de junio de 2020, el Informe Legal Nº 125-2020/OAJ del 05 de mayo de 2020 y el Memorándum Nº 35-2020/DE del 24 de junio de 2020, se acuerda:

1. Incorporar el Proyecto “Gestión, Social, Diseño y Ejecución de Proyectos de Infraestructura Hidráulica, Construcción, Implementación y Explotación de las Concesiones Mineras integrantes del Yacimiento TG-3 del Proyecto El Algarrobo” al Proceso de Promoción de la Inversión Privada en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1362 y su Reglamento, aplicándose en lo que corresponda el Decreto Legislativo Nº 674 y su Reglamento.

2. Aprobar la modalidad de promoción en la cual se promueve el proceso de promoción del Proyecto “Gestión, Social, Diseño y Ejecución de Proyectos de Infraestructura Hidráulica, Construcción, Implementación y Explotación de los Concesiones Mineras integrantes del Yacimiento TG-3 del Proyecto El Algarrobo” como Proyectos en Activos bajo el esquema de transferencia de activos.

3. Disponer la publicación del presente acuerdo en el portal institucional de PROINVERSIÓN y el Diario Oficial El Peruano.

Comunicar el presente acuerdo al Director Ejecutivo, al Comité Especial de Inversión en Proyectos de Hidrocarburos, Electricidad y Minería – PRO MINERÍA y ENERGÍA, a la Directora Especial de Proyectos y al Director de Proyecto, exonerándolo del trámite de lectura y aprobación del Acta.

Lima, 16 de octubre de 2020

Carlos Albán Ramírez

Secretario de Actas

1894283-1