Aprueban el Reglamento para la atención de denuncias ambientales de la Municipalidad de La Victoria

ORDENANZA Nº 349/MLV

La Victoria, 18 de septiembre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria del 18 de septiembre de 2020

VISTOS: El dictamen conjunto de las Comisiones de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Gestión Ambiental.

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa;

Que, a través de la Ley N°29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, otorga al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA- la calidad de ente rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales y jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del estado, se realicen en forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, de conformidad con el artículo 7 de la referida Ley, las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local, son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA;

Que, el Artículo 38° del Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, indica que toda persona puede denunciar ante las instancias correspondientes el incumplimiento de alguna norma ambiental, acompañando los elementos probatorios del caso, en concordancia con ello el artículo 43° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, que establece que toda persona tiene derecho a conocer el estado de las denuncias que presente ante cualquier entidad pública respecto de infracciones a la normativa ambiental;

Que, mediante el Informe N°32-2020-GGA/MLV la Gerencia de Gestión Ambiental y el Informe N°158-2020-SGAVYSA-GGA/MLV la Subgerencia de Aéreas Verdes y Saneamiento Ambiental sustentan técnicamente la aprobación del Reglamento para la atención de denuncias ambientales de la Municipalidad de La Victoria;

Que, mediante Memorándum N°224-2020-GPP/MLV la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N°065-2020-SGPYM-GPP/MLV la Subgerencia de Planificación y Modernización opina técnicamente que las actividades a desarrollarse se encuentran alineadas al PLANEFA 2019-2020, y al Plan Operativo Multianual 2020-2022 en concordancia con el Plan Estratégico Institucional, correspondiente a la Municipalidad de La Victoria;

Que, mediante el Informe N°754-2020-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la aprobación de la Ordenanza que regula el Reglamento para la atención de denuncias ambientales de la Municipalidad de La Victoria;

Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° de la Ley 27972-Ley Orgánica de Municipalidades-, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión ordinaria de Concejo del 18 de septiembre de 2020, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS AMBIENTALES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento para la atención de denuncias ambientales de la Municipalidad de La Victoria, que como anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2.- Aprobar el formulario de registro de denuncias ambientales que como anexo 2 forma parte del reglamento para la atención de denuncias ambientales ante la Municipalidad de La Victoria.

Artículo 3.- Disponer que la Gerencia de Gestión Ambiental y demás órganos competentes, se encarguen de velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza y sus dos anexos.

Artículo 4.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación del presente dispositivo y sus dos anexos en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe,.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER

Alcalde

1894280-1